Tengo la siguiente consulta: que puede pasar si se rectifica un dato de cotización en el informe de vida laboral que no es correcto??
Les explicaré mi caso:
El otro día, revisando el informe de vida laboral vi que en un anterior trabajo en que había estado contratado hace cuatro años a tiempo completo, o sea, al 100%, figuraba como a tiempo parcial con una cotizacion del 80%. Fui a consultarlo a la TGSS y el funcionario me comentó que aparecia asi porque poco antes de la finalizacion del contrato, se habia producido una reduccion de jornada. Al mencionármelo, recordé que efectivamente los ultimos dias antes de finalizar el contrato iba más tarde a trabajar.. y le comenté que podía ser así pero no disponia del documento de esa modificación, y de hecho ni me suena haber firmado nada,,
El funcionario me dijo que si no disponia del documento de reduccion de jornada y solo tenia en mi poder el contrato inicial donde figura al 100%, me tenia que rectificar ese dato y ponermelo al 100%.
Al dia siguiente volví a pedirle al funcionario que lo volviera a dejar con la reduccion de jornada tal y como estaba inicialmente, porque, aunque es cierto que no dispongo de la modificacion de ese contrato, mirando el finiquito se ve como me pagan menos, lo cual seria prueba de que efectivamente estaba trabajando menos horas...y las cosas como son, no quier vaya a haber algún problema o meter en algún lio a mi ex-jefe o algo... pero el funcionario se negó alegando que si yo no tengo el documento de la reduccion de jornada él no me lo puede poner como tal y que sería mejor dejarlo así al 100% y que no entendía por qué me preocupaba tanto, que no pasaria nada pero no me parece bien porque a fin de cuentas si al 100% no esta bien, pues no está bien. Prefiero que consten las cosas como deben...
Por eso les pregunto, cómo podría solucionarlo?? y de no poder... qué podría pasar?
Hombre, si te ponen pegas por una cosa y por su contraria pues.... enhorabuena y bienvenido a la administración española.
En todo caso, si se te está reflejando el 100% de la cotización aunque al final se quedara en el 80%, aunque suene raro, da lo mismo, no hay que ser tan perfeccionista, pero siempre puedes solicitar la rectificación de manera telemática.