Lo primero que has de hacer, como seguramente ya te habran dicho, es solicitar mediante otrosí que se reciba a prueba el procedimento. Despues el Juez resolvera abrir a prueba y tendras que proponer y una vez que hayas propuesto se resolvera lo que proceda.
En el orden contencioso administrativo, lo que no regule la Ley 29/98 se ha de acudir a la LEC ( espero que esto te ayude conr respecto tu duda sobre el testigo). También te he de decir que la testifical es una prueva bastante " residual" en esta jurisdiscción.
Y las probabilidades de ganar.. siempre depende de la estrategia y de lo que puedas provar....
Hola compañeros, ando algo perdida en un tema de administrativo ya que no suelo llevar.
Se trata de un cliente al cual se le imputa una infraccion consistente en suministrar bebida alcoholica a un menor pues regenta un bar.
El menor no consumio bebida alguna y así lo ha manifestado mediante un declaración jurada.
Una vez agotada la via administrativa, debo interponer demanda ante los juzgados de lo contencioso.
Mis dudas son:
1.- Si propongo como testigo al menor, tiene obligación de comparecer como en el orden civil no?
2.- Qué posibliades tengo de ganar?, pues la administación me parece invencible.