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Reconvencion

1 Comentarios
 
15/10/2009 13:43
si te refieres a un proceso matrimonial si se puede siempre y cuando se trate de la adción de medidas definitivas que no hubieran sido solicitadas en la demanda y sobre las que el tribunal no debe proninciarse de oficio. art 770 LEC
Reconvencion
perfil cfg
15/10/2009 00:47
Hola a todos, mi duda es la siguiente: ¿en un cambio de medidas definitivas se puede reconvenir?
Gracias