A ver, si el demandante desiste del pleito principal y de la demanda presentada, una vez el demandado contestó a la demanda e interpuso reconvención, la reconvención como acción nueva puede proseguir?
Buenas tardes Jual.
Yo tengo bastante claro que la demanda reconvencional puede seguir independientemente del desestimiento de la acción principal.
La demanda reconvencional se sigue en el mismo pleito que la demanda principal en virtud del principio de economía procesal, pero se trata de dos acciones independientes que, sin ningun problema, podrían conocerse en pleitos diferentes. Mientras no desistas de la reconvención, nada impide que el procedimento siga su curso.
Eso sí, si el actor ha desistido una vez contestada a la demanda, entiendo que debe ser con expresa imposición de costas.
Todo ello, salvo mejor parecer, claro está.
Un saludo.