Hola, necesito opiniones:
En un asunto de reclamación de responsabilidad por daños en accidente de circulación, el demandado en un proceso verbal, señalado para vista, quiere reconvenir, pero la cuantía de la reconvención excede de la del verbal, ¿qué pasa entonces?, se tendría que llevar por un ordinario....
Y si no cabe reconvención, por el tema de la cuántía, qué se puede hacer, si se presenta una demanda de ordinario......tampoco se puede pedir acumulación de un ordinario a un verbal, sólo al revés.
Es una barbaridad que existan un verbal y un ordinario, se celebren dos vistas, con prueba, y dos sentencias que pueden ser contradictorias. En el verbal reclama uno contra otro y en el ordinario, posterior, reclamaría el otro contra el uno. Se discute quién es el responsable del accidente que causó daños a los dos. Cada juez podría dictar lo que considerara sobre el mismo objeto. Una barbaridad.
Seguro que es muy habitual. Y muchos tendréis opiniones y experiencia al respecto.