Muchas gracias por su respuesta. Sabemos que necesitamos abogado y procurador para responder a la demanda. Estamos en eso. Lo que sucede es que tenemos estas dudas, en lo que nos asignan un abogado y procurador de oficio, ya que no podemos costearnos este servicio actualmente.
Agradeceré grandemente a alguna persona que me pueda brindar orientación al respecto.
La semana pasada mi esposo y yo recibimos una demanda por parte de la promotora con la cual tenemos un contrato de compraventa firmado desde noviembre del 2005.
Resulta que la promotora no cumplió con los plazos de entrega acordados, pero nosotros no la demandamos por ello. Ahora, es ella quien nos demanda, pues nosotros no hemos podido firmar, ya que no nos financiaron el piso, y por ello, la promotora quiere que le paguemos el piso íntegramente más los intereses de demora.
Uno de los expertos del foro, nos dijo que podemos hacer una reconvención de la demanda. No obstante, tenemos estas dudas:
1. ¿Hemos perdido el derecho a demandarlos a ellos por incumplir con el contrato al no entregar el piso en el tiempo estipulado?
2. Si no hemos perdido ese derecho, ¿sería compete el juez a cargo de la presente demanda en llevar también nuestro caso? La demanda actual es por aproximadamente 190.000?, mientras que nosotros haríamos una reconvención solicitando la resolución del contrato y la devolución íntegra de lo invertido que serían unos 30,000?.
Agradeceré grandemente una orientación experta al respecto.
Por cierto, otra pregunta: ¿en qué consiste un juicio ordinario?