Muy buenas soy estudiante de Derecho en Granada, estoy intentando asesorar a un amigo sobre el siguiente caso:
Una tercera planta que fue demolida por las obras realizadas del vecino aunque conserva cierta parte de la estructura.
Esta tercera planta, se encuentra ahora mismo fuera de ordenación por el nuevo plan urbanístico que impide
terceras plantas en el municipio así que el ayuntamiento no permite su reconstrucción.
- No hay ninguna vía legal para poder reconstruir esta planta que existió en el pasado y que ha sido demolida a consecuencia de las obras de un tercero.
aunque se supone que el planeamiento da garantía jurídica al ciudadano, la verdad es que no es así y un planeamiento se cambia, o se suspende, de un día para otro y por lo general sin derecho a indemnización por la pérdida patrimonial que puede conllevar
no es extraño, pues, que el mundo del urbanismo sea uno de los crisoles de la corrupción, porque mueve mucho dinero y nada es más ilegítimo que el que la arbitrariedad pueda convertirse en norma legal, con la única esperanza de que es revisable con otra, quizá también, arbitrariedad en sentido contrario
si esa planta tercera era fuera de ordenación cuando se hizo necesaria la demolición, el causante de la demolición será el responsable patrimonial de la pérdida de ese uso
si entonces era reconstruible, el propietario es el único responsable de no haberlo hecho, digamos de la pérdida de la oportunidad