Buenos días:
El problema es que se mezclan, por desgracia, y como es frecuente en este país, muchas cosas distintas...
Una cosa es el reconocimiento médico de empresa, que tiene que ir en relación a los riesgos innatos del puesto de trabajo; y es de obligado ofrecimiento al trabajador; incluso para algunos puestos de trabajos es de obligada realización por parte del trabajador.
Por otro lado está lo que se pacta en convenio colectivo; yo, personalmente, creo que no debería entrar los reconocimientos de trabajo ni su periodicidad en los convenios, es una opinión personal; porqué? pues porque a veces, se pactan periodicidades más largas de las que se debieran..., deberían ser los Médicos del Trabajo (MT) los que se encargarán de este tema... eso sí, los comités de empresa, deberían velar, para que el MT tuviera total libertad de criterio y de realización, para que estos se hagan de una manera justa, productiva y legal; sin tener que soportar presiones por parte de las empresas, que son las que a veces distorsionan el correcto funcionamiento de la Prevención en este país...
Por otro lado, todo lo que se negocie en convenio, se debe luchar y presionar para que se cumpla; ya sean reconocimientos ginecológicos, cheques comida, sesiones con psicólogo o un viaje anual; pero en mi modesta opinión, no deberían vincularse... que nadie me mal interprete... se deben realizar dichos reconocimientos ginecológicos si se ha negociado como beneficio en especies en el convenio...
¡¡Animo y mucha suerte!!
La nueva ley de mutuas no se ni lo que dice pero seguro que esta fundamentada en la gestión y no en lo que acredite o se pacte en un convenio, si éste recoge lo que nos ha dicho dudo mucho que la ley lo contradiga y de ser así al ser de rango superior al convenio, ( aunque el convenio adquiere rango de ley no lo es propiamente dicho), por tanto si una ley dijese algo en contra esto tendría que ser derogado en el convenio.
Aquí lo que ocurre es que muchos empresarios de este país son unos auténticos caciques y creen que lo que ellos digan caza misa, usted es tiren para adelante y denuncien ese incumplimiento ante inspección de trabajo
Hola, por favor si alguien sabe me informe sobre el siguiente tema: En nuestro convenio colectivo tenemos recogido el reconocimiento médico y el reconocimiento ginecológico (citología y exploración), la empresa ha dicho que el ginecológico no lo va hacer con lo que el comité de empresa no esta de acuerdo puesto que lo pactado en convenio es de obligado cumplimiento. Antes de proceder a presentar una demanda por incumplimiento quisiera saber si la nueva Ley de Mutuas dice algo al respecto que anule este reconocimiento ginecológico aunque este recogido en convenio, yo he mirado esta ley y no encuentro nada que me haga pensar que no se tengan que hacer. Muchas gracias de antemano.