De nada Diego y mucha suerte con el procedimiento....informate de los abogados y de lo que te cobrará el procurador, que se paga a parte, además intenta informarte de como puedes hacer poderes para pleitos en favor de dicho abogado desde Finlandia, ya que sino tendrás que venir a España, para otorgar poderes y para las distintas fases del procedimento, pero de todo esto ya te informará tu abogado en Málaga....un saludo
Muchas gracias nebur245 ...me habeis sido de mucha ayuda ...haber si me pongo en contacto con algun abogado de Malaga y ya os contare como me ha ido la cosa GRACIAS de nuevo
Hola DiegoM estoy con apurada, debes instar el contencioso, no el procedimiento no puede iniciarse de oficio debes solicitarlo tu, si estais casados en España lo debes hacer en los tribunales españoles en el domicilio de la demandada, y para ello nocesitaras abogado y procurador, en relación al precio no se lo que te puede pedir las diferencias entre abogados son bastantes así que deberás llamar a alguno e informarte del precio....saludos
Gracias Apurada!!! pero sabes si de alguna manera ese procedimiento puede venir automaticamente .....y si sabes cunto cuesta ese procedimiento?.o alguna otra forma de hacerlo GRACIAS
II.- PROCEDIMIENTO. Arts. 956 y ss. LEC 1881, aplicables en virtud de lo dispuesto en la Disposición derogatoria única, apartado 1.3º LECiv.
III.- CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN. Mi mandante Dª A... es española, goza del pleno ejercicio de sus derechos civiles y ostenta interés legítimo para deducir el derecho ante el Estado español.
IV.- FUNDAMENTO LEGAL DE LA PETICIÓN. Art. 523 LECiv en relación con el art. 954 LEC 1881, provisionalmente vigente hasta que se dicte la futura Ley sobre cooperación jurídica internacional en materia civil (Disposición derogatoria única, apartado 1.3º LECiv).
No existiendo Tratado con la nación en que se ha pronunciado la sentencia cuya ejecución se solicita, ni constando en estos autos el régimen de reciprocidad sobre el cumplimiento de las sentencias españolas, es aplicable lo dispuesto en el art. 954 LEC 1881, concurriendo en el presente caso todos los requisitos en él previstos para reconocer fuerza ejecutiva en España a una sentencia extranjera. En efecto, se trata del ejercicio de una acción personal, en este caso la de divorcio, no existe el obstáculo del orden público interno, según los arts. 42 a 107 del Código Civil, ya que la solicitud de divorcio está prevista en el ordenamiento civil español, y la ejecutoria reúne los requisitos necesarios en la nación en que se ha dictado para ser considerada como auténtica, así como los establecidos por la ley española. Por otro lado, no puede considerarse que exista una situación de rebeldía puesto que D. B... fue emplazado y no compareció, siéndole notificada la resolución que puso fin al procedimiento, encontrándonos ante una situación denominada de “rebeldía por conveniencia”, que no puede ser objeto de tutela jurisdiccional.
(En su caso, se expresará: "No ha sido dictada en rebeldía, pues como se comprueba por el propio texto de la ejecutoria, el otro cónyuge compareció y se defendió en aquel juicio, con arreglo a las normas sustantivas y procesales del Estado de origen")
Por lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO que, teniendo por presentado este escrito con los documentos que lo acompañan y sus copias, se sirva admitirlo; tenerme por parte en la representación que ostento de Dª A..., y previa audiencia de la parte contraria y del Ministerio Fiscal por el término legal, declarar que debe darse cumplimiento a dicha ejecutoria extranjera, a cuyo efecto se ordene librar los correspondientes despachos para que se proceda a la inscripción de la mencionada Sentencia en el registro del Consulado General de España en ... (...), así como en el Registro Civil Central del Ministerio de Justicia español (en su caso, se expresará "se ordene librar el correspondiente mandamiento al Registrador de la Propiedad de..., en que se ordene la inscripción a favor de mi representada de la finca a que se refiere la ejecutoria, por haberle sido íntegramente adjudicada en la liquidación de la comunidad de bienes que había existido entre ambos esposos", o bien la petición de que se trate).
Es Justicia en ..., a ... de ... de ...
(Si la parte contraria contra quien se dirije el cumplimiento de la ejecutoria tiene domicilio en el extranjero, se expresará:
"OTROSÍ DIGO: Que debiendo ser oída la parte contra quien se dirije el cumplimiento de la ejecutoria y teniendo su domicilio en el extranjero, a los efectos del art. 956 LEC 1881, para llevar a cabo este trámite ha de cursarse comisión rogatoria en solicitud de cooperación internacional.
En su virtud, conforme a los arts. 276 LOPJ y 177 LECiv.,
SUPLICO AL JUZGADO: Que a los expresados fines se sirva librar comisión rogatoria a la Autoridad Judicial competente de... (...) y elevarla al Ministerio de Justicia, a fin de que haga llegar esta solicitud a la expresada Autoridad Judicial del Estado requerido, bien por la vía diplomática o directamente si así lo prevén los Tratados internacionales.
Es justicia que pido, en cuanto a principal y otrosí, en ..., a ...")
DEMANDA DE RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN EN ESPAÑA DE SENTENCIA EXTRANJERA DE DIVORCIO CUANDO NO EXISTE CONVENIO INTERNACIONAL
(LEC:954 y SS.)
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ...
Don ..., Procurador de los Tribunales, en representación de ..., según acredito mediante la escritura de poder que acompaño, y con la intervención del Letrado que suscribe, colegiado nº ... del Ilustre Colegio de Abogados de ..., ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que por medio del presente escrito formulo SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA EXTRANJERA dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Familia número ... de la circunscripción judicial de ... (se indicará el órgano jurisdiccional extranjero de que se trate) ..., en procedimiento judicial de divorcio entre los cónyuges Dª A... y D. B..., con domicilio accidental en dicha población, calle ..., siendo que, actualmente D. B... lo tiene en Madrid, calle ... (se indicará el domicilio en España).
Fundamento la solicitud en los siguientes hechos y consideraciones jurídicas:
HECHOS
PRIMERO.- Antecedentes.
En fecha ..., el Juzgado de Primera Instancia de Familia número ... de la circunscripción judicial de ... (República de ...), dictó sentencia firme y ejecutoria cuya parte dispositiva dice: “...”, o sea, se trata de ejecutar y dar cumplimiento a la resolución judicial que concede el divorcio de los cónyuges Dª A... y D. B... (se identificará el proceso en el que se dictó la sentencia cuya ejecución en España se solicita).
Se acompaña como documento número 1 testimonio literal de la referida sentencia con indicación de que la misma es firme y ejecutoria; y como documento número 2 su correspondiente traducción al español por el Traductor Intérprete Jurado D. ..., con las oportunas legalizaciones realizadas por las autoridades diplomáticas (el requisito de la legalización no es necesario cuando el correspondiente país ha suscrito el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961, sobre supresión de la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros. En ese caso se expresará: Se acompaña como documento número 1 testimonio literal de la referida sentencia, según la legislación de dicho Estado, redactada en idioma ..., oportunamente apostillado, con indicación de que la misma es firme y ejecutoria; y como documento número 2 su correspondiente traducción al español por el Traductor Intérprete Jurado D. ...).
SEGUNDO.- Cumplimiento de los requisitos legales y procedencia de la ejecución
Seguido el procedimiento ante el Juzgado de Primera Instancia de Familia número ... de la circunscripción judicial de ... (República de ...), se han observado todas las prescripciones legales, y si bien no ha comparecido el esposo D. B..., fue notificado y emplazado a tales fines, habiéndosele notificado la sentencia cuya ejecución se solicita, con fecha ...
Se acompaña como documento número 3 copia auténtica del acta de notificación, debidamente apostillada, en el que consta la misma; y como documento número 4, su correspondiente traducción.
(En su caso, se expresará: "Seguido el procedimiento ante el Juzgado de Primera Instancia de Familia número ... de la circunscripción judicial de ... (República de ...), el procedimiento de divorcio se tramitó ante el Tribunal competente y con observancia de lo dispuesto en la legislación del Estado de origen, constando la firmeza de la Sentencia cuyo cumplimiento se pide")
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- COMPETENCIA. Son de aplicación los arts. 85.5 LOPJ (modificado por la LO 19/2003) y 955 LEC 1881 (según redacción dada por la Ley Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social), en vigor hasta que se promulgue la anunciada Ley sobre cooperación jurídica internacional en materia civil (Disposición derogatoria única, apartado 1.3º LECiv).
De nada lexis, creo que eres oficialmente el primero al que mis respuestas de letrado novatillo le sirven, así que me hace ilusión saberlo...un abrazo para ti tb...saludos
Hola Lexis, siento no poder ayudar con el formulario, pero en el colegio de abogados de tu ciudad tienen que tener algun libro del asunto, yo así lo hice, en cualqueir caso antes de nada asegurate de tener todos los documentos necesarios para el reconocimiento de la sentencia debidamente apostillados por el organismo competente de la Embajada Dominicana, creo que si hay reconocimiento de ese país según el convenio de la Haya, en cualquier caso introduce en el Google "apostilla de la Haya" y el primer elemento que te saldrá és una página del Ministerio de Exteriores donde sale el listado detallado y creo recordar que si està....lamento no poder ser de más ayuda
Aquí te he pegado los requisitos básicos para ejecutar el trámite:
DOCUMENTACIÓN:
1. Copia autentica de la sentencia, para garantizar que es auténtica se exige la apostilla de la Haya, que la expide la autoridad competente del Estado del que procede la sentencia.
2. Certificado de que la sentencia es firme.
3. Que la sentencia ha sido notificada al demandado (cuando no ha sido de mutuo acuerdo).
4. Si ha sido de mutuo acuerdo el convenio regulador legalizado y apostillado.
5. Si la sentencia no está en español habrá que acompañar traducción jurada (supongo que este no es el caso).
6. Certificado literal de matrimonio
7. Certificado literal de nacimiento de hijos si los hubiera.
8. Poder general para pleitos (decir que es para el extranjero, lo han de legalizar en el Consulado de España).
Hola a todos soy nuevo aqui,y quisiera haceros una pregunta: Hace 4 años que tengo la sentencia de separacion y quisiera el divorcio.pero ella no quiere firmarlo...antes vivia en Malaga y ahora vivo en Finlandia ...hace 4 años que no tengo ningun contacto con mi ex-mujer tengo otra pareja y 2 hijos con esta y quisiera casarme con ella pero no puedo porque mi ex-mujer no acepta que haya reecho mi vida y no me quiere firmar por este motivo inclusive me ha llegado a pedir una fuerte suma de dinero por la firma,el cual no tengo y quisiera saber que puedo hacer...porfavor si alguien puede contestarme le estare muy agradecido. UN atento saluo
Tengo que presentar un escrito, ya mismo, en el que solicitar el reconocimiento de una sentencia de divorcio de republica Dominicana y no tengo formulario para hacerlo y ando un poco perdido. Por favor, me podriaís facilitar un formulario. Se presenta en el Juzgado de Priemra Instancia verdad?En España hay reciprocidad con la R.Dominicana en cuanto al reconocimiento?