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reconocimiento medico

5 Comentarios
 
Reconocimiento medico
08/10/2011 19:26
Llevo 2 años sin pasar el reconocimiento medico puedo salir de la fabrica para trabajar en la calle y si tengo un accidente ¿quien se responsabiliza?.
GRACIAS.
11/10/2011 10:16
Solicita reconocimiento medico.
11/10/2011 14:16
El reconocimiento médico es un dcho del trabajador y una obligación para la empresa. EXIGELO o DEMANDALO, no lo solicites.
En cuanto a la segunda cuestión, si estas trabajando quien se va a responsabilizar LA EMPRESA.
11/10/2011 16:57
Ufff, como llevas dos años sin pasar reconocimiento médico y si sales para trabajar en la calle y tienes un accidente se responsabiliza la empresa...

A ver, no confudamos la velocidad con el tocino.

Una cosa es la vigilancia de la salud. Y en ese sentido, y respecto a los reconocimientos médicos, la norma señala que existe, por parte de la empresa, la obligación de la "vigilancia periódica" de la salud en función de los riesgos del puesto de trabajo (por tanto, esa periodicidad, que la norma no concreta, habrá que analizarla caso a caso, y no siempre estará justificado realizar revisiones con una periodicidad superior a la bianual).
En fin, que no necesariamente es algo irregular el que no hayas pasado ninguna revisión médica en los dos últimos años ni, por tanto, está tan claro que puedas exigirla a al empresa. Habrá que analizar tu caso concreto (la naturaleza de tu actividad, si puedes ser calificado como personal "especialmente sensible", etc.).
Hay una extendida leyenda urbana que viene a decir que cada año la empresa debe ofrecerte una revision médica. Eso es falso (al menos en esos términos).

Respecto a la responsabilidad si tienes un accidente mientras estés trabajando, sea en la calle o en la propia empresa (o incluso si te resbalas en la zona comunitaria del edificio en el que vives), en la medida en que pueda tener una relación con tu actividad laboral será un accidente laboral, ahora, la responsabilidad que pueda tener la empresa o las consecuencias que puedan derivarse para ella (sanciones, recargo por prestaciones...) vendrá determinado en función de que pueda entenderse que ha existido una una falta de medidas de seguridad o de salud laboral (no adpoción de medidas preventivas adecuadas, falta de información y formación en prevencíón, deficiencias en las evaluaciones de riesgos...). Como ves, el único factor no es el haber realizado o no las revisiones médicas y con cierta periodicidad y no siempre que tenga lugar un accidente laboral necesariemente será responsable la empresa (al menos "responsable" en el sentido que algunos pretenden)

Por tanto, ni podemos dar respuesta a una cuestión que planteas en unos términos tan genéricos ni, entiendo, son de recibo algunas respuestas tan categóricas.

Saludos
13/10/2011 09:51
Es más, incluso en según que casos, no ya no va a haber responsabilidad de la empresa de ningún tipo sino que inlcuso, probablemente no se trate ni de un accidente de trabajo.

Vemos algunos ejemplos:

- Eres trabajador nocturno, de más de 45 años (ahí si que es preciso realizar controles médicos con cierta frecuencia, entiendo que al menos anual), no has pasado reconocimientos médicos en dos años, sufres un trasntorno del sueño no detectado o controlado desde el servicio médico de la empresa, encima has hecho horas extras en el turno de noche (prohibidas), sales de madrugada, coges el coche para volver a casa, te duermes al volante y sufres una colisión de la que se derivan lesiones. Ahí la empresa la va a emprurar y bien.

- No suceden ninguna de eses circuntancias, simplemente que al salir del trabajo por la via habitual para salir andando, un vehículo que pasaba por ahí, al no estar debidamente señalizada como peatonal esa zona, te atropella. Ahí, además de tratarse claramente de una accidente de trabajo, se podran derivarse responsabilidades para la empresa por falta de medidas de seguridad (sobretodo si es la titular del centro de trabajo). Pero nada habrá tenido que ver en ello el que hayas pasado la revisión médica hace más de dos años.

- sales del trabajo, coges el coche y te saltas un semáforo en rojo y conduciendo a 150km/h.
Ahí hay claramente imprudencia temeraria por tu parte. Probablemente no se llegue ni a calificar el accidente como accidente de trabajo. Aunque en esto de la prevención con la Inspección siempre te puedes encontrar sorpresas, igual algún inspector puede verificar si se han impartido cursos de seguridas vial y de no ser el caso, o de consdierar que no se trata de cursos adecuados o suficinete, tratar de ver por ahí alguna responsabilidad por parte de la empresa.

En fin, que las responsabilidades porque al salir del trabajo te pase algo dependen de muchos más factores que simplemente desde cuando no has pasado o te han orfecido pasar la ultima revisión médica de la empresa.

Saludos
13/10/2011 10:04
Efectivamente, la periodicidad de los reconocimientos la marca normalmente el convenio, y son de libre aceptación para el trabajador, a no ser que las condiciones de trabajo puedan afectar a la salud del trabajador, en ese caso, el reconocimiento será obligatorio.
Pero habrá que ver cual es la periodicidad que se ha marcado. Tampoco tiene que ver que tengas un accidente con que no te hayas hecho un reconocimiento, depende de la incidencia.
SALUDOS.