Buenas
Entre en el apartado de SEGURIDAD SOCIAL y mire en esa parte del foro porque hay mucha información sobre estos temas. Entre ellos un hilo muy cercano: "Revisión mutua de salud laboral" que empieza CHARO2005 y donde le explico ciertos detalles.
Veo que ella contesta en su hilo pero para exponer de nuevo su caso y poner nuevas preguntas............
Mire lo vuelvo a poner, según una sentencia del Tribunal Supremo que crea jurisprudencia, la sola declaración de un NO APTO no es suficiente para poder despedirle por ineptitud sobrevenida. Busque y encontrara información de todo tipo sobre dicha sentencia, el lo bueno del Google.
Significa esto que no pueden despedirle?, no, claro que pueden hacerlo, pero no usando solo esa declaración de No Apto como único argumento. Si usted demanda el despido, la empresa será la que tiene que demostrar que ese no apto es suficiente, es decir, que no pueden reubicarlo, etc, etc.
Por otro lado, que le declaren no apto no garantiza para nada que el INSS le vaya a reconocer una incapacidad permanente, primero que ante el propio INSS en sus visitas al EVI ni caso le harán a dicho informe, y segundo porque es un informe de parte(en este caso de la empresa). Lo que valen y le dan valor es a los informes de salud públicos, el resto ni los miran.
Si usted como dice tiene una discapacidad por una patología por la que le dieron una discapacidad en el grado que sea, tiene que estudiar con un abogado preferiblemente experto en temas de incapacidades si esa discapacidad podría ser suficiente para obtener una incapacidad. La gente tiende a pensar que una cosa es comparable a la otra y para nada, una valora únicamente temas médicos relacionados con la vida diaria y la otra con la capacidad de realizar el trabajo.
Voy a poner un ejemplo muy crudo pero claro para que se entienda, imagínese una persona que tiene un trabajo de oficina donde tiene que estar sentado en un escritorio 8 horas al día, tiene un accidente y pierde las piernas pasando a vivir sobre una silla de ruedas......., le concederán un porcentaje de discapacidad altísimo pero en el tema de la incapacidad no le darán absolutamente nada, su trabajo es estar sentado......
Usted comenta que lleva trabajando sin problema 8 años en su puesto, y que a raíz de comunicarle a la empresa que le conceden una discapacidad (perfecto porque entre otras cosas tanto usted como la empresa se benefician, usted con menor retención de IRPF y la empresa con ayudas y subvenciones.....). Y dice que la empresa no le despide, cual es el problema? , quiere un puesto distinto?
Cual es su trabajo?, en la empresa hay puestos libres que pudiera cubrir con sus limitaciones?, porque todo depende de esto, si en la empresa no existe ese puesto pueden despedirlo y acabar teniendo razón.......
Cada caso es un mundo, no es lo mismo una empresa grande donde hay cientos de puestos, que una pequeña donde no es así, un ejemplo, imagínese una empresa de fontanería (usted es fontanero), si no hay en la empresa mas que fontaneros y la parte de gestión administrativa la lleva el dueño o es externa, que puesto le darían????????
Buenas noches,a mi la SS me dio el alta ,después de 1 año de baja,y pasar tribunal,mi empresa me dio las vacaciones del año anterior,en ese tiempo me hizon la revisión de la mutua de prevención,y después de más de un mes ,peleando con la SS,reclamando ese alta,la mutua me dio el no apto,y me han despedido por causas objetivas,20 días por año,(una mierda por cierto después de 17 años) ,según estoy leyendo puedo reclamar a la SS, porque según ellos puedo trabajar y la mutua no,?,creen que por eso rectificaran su decisión?,lo veo muy difícil ,pero si saben cómo podría hacerlo,les agradecería que me lo digan,ya tengo reclamado por vía judicial,pero mientras salga el juicio ,que aún no se cuándo ( después de mes y medio ),tengo que arreglar los papeles del paro,y si me llaman a trabajar como hago, gracias por su ayuda
Se confunde usted sobre a quien reclamar, no es a la empresa a la que le llega un no apto y está ahí no puede hacer nada, no es en ppio tampoco la Mutua quien le califica como no apto, a quien tiene que exigir que valore si incapacidad tras ese no apto es a la SS a través del EVI y dependiendo de lo que éste organismo decida pues si le reconocen la incapacidad tendrá dcho a una pensión y podrá seguir trabajando en otras profesiones o en puntos compatibles que si pueda realizar, si por contra el EVI no le reconociese una IP esto le habilitaría para demandar a la Mutua y tenga por seguro que está no va a ir en contra de lo que resuelva el EVI.
Está usted confundiendo lo que tiene que hacer usted tras ese no apto
Buenas de nuevo pues el combenio es de mataderos de aves y conejos y mi profesion es en el despiece y mi limitaciones es limitacion funcional en 4 estremidades..
Yo se que hay puestos donde podrian ponerme pero sin embargo an decicido no hacerlo y ponerme un no apto.
Ahora estoy de baja me pueden despedir? Estando de baja? O tienen que esperar que me incorpore?
Y otra pregunta es les podria demandar para que me pusieran apto con limitaciones? Yo no quiero dejar de trabajar solo un puesto adaptado para mi.
Gracias
Como siempre no contestaba lo que se les pregunta, en qué trabaja? A qué actividad se dedica la empresa? Cuál es el convenio de aplicación? Cuáles son las patologías por las que le dan la discapacidad? La empresa puede adaptar el puesto acordé a sus patologías, es decir, hay algún puesto compatible con sus patologías?
En cuanto a despedirle, la empresa le puede despedir por causas ajenas a la declaración de no apto y si está de IT no podrán darse esas causas.
Actualmente está usted declarado NO Apto por lo que la empresa puede rescindir du cto, en cuyo caso deberá usted pedir que el EVI resuelva sobre si le corresponde una IPT (incapacidad permanente para la profesión habitual con lo que obtendría una pensión y no podría trabajar en la actividad que actualmente realiza y si el EVI considera que está usted capacitado pues entonces tendrá usted que demandar a la Mutua y exigirá la empresa que le reingresen en la plantilla.
Por ahora la empresa está habilitada para proceder a un despido procedente tras el no apto pero todavía hay mucha tela que cortar.
smo
Y si estoy de baja y sigo de baja en el reconocimiento medico me pueden despedir? O estando de baja no podrian despedirme hasta volver a incorporarme??
Pues sería porque no tienen posibilidad de adaptarle el puesto de trabajo.
Todo dependerá de porqué le dan la discapacidad y de su puesto de trabajo y funciones que realice en el mismo pero si no le dan apto tendrá que recurrir a la Srg Soc para que le den una IPT una incapacidad para la profesión habitual y si la Seg Soc no le da la incapacidad pues tendrá que demandar a la Mutua por no darle un apto con restricciones, o blanco o negro, si sus patologías le impiden desarrollar su profesión actual pues pensión, si no le reconocen la pensión pues se recurre ese no apto ya que para la Seg Social sus patologías no le impiden desarrollar su actividad.
smo
Hola buenas noches me gustaria saber si me pudierais ayudar..
Haber llebo trabajando en una empresa 8 años y6 de esos 8 años con contrato de indefinido tengo una enfermedad desde pequeño pero ahora es cuando me an reconocido una discapacidad, la comunico ala empresa y me dice que reconocimiento medico y cual es mi sorpresa? No apto..
Digo yo no apto?? O discriminacion? Porque en esos 8 años si e sido apto si ningun problema en todos los reconocimientos medicos y ahora que digo que tengo una discapacidad no?? Me podriais ayudar? Yo solo pedi un puesto de trabajo adecuado para mi.
Gracias espero respuesta