Hola compañeros. Estoy con un asunto sobre servidumbre de paso. Me interesa solicitar como prueba el reconomiento judicial para que el juez pueda observar la existencia de un camino.
Mi duda es: suele ir el juez in situ o envía a algún oficial?
Los jueces son algo reticentes a admitir la prueba por razones obvia de tiempo y comodidad. Sin embargo, a veces la acuerdan, sobre todo si no se hacen la idea con los informes y el resto de pruebas. Una vez admitida la practica el juez, no es posible la delegación.