Un portero que agredió a un chico ha sido absuelto porque el reconocimiento fotográfico en sede policial no es considerado prueba de cargo si no se ratifica identificando al denunciado el día del juicio, pues bien, el portero no se presento y al no poder ser ratificado el reconocimiento le absolvieron.
alguien me puede explicar ¿como es posible que alguien se libre de la condena solo por no asistir al juicio?
¿es esto justo?
Muchas gracias de antemano!!!!