El padre puede reconocerlo en testamento, se puede hacer. El documento servirá mientras ambos cumplan en cuanto a las obligaciones que asuma, pues sobre las pensiones de allimentos no existe disponibilidad entre las partes. Pero el reconocimiento de la paternidad si puede servir posteriormente.
Pareja que tiene un hijo. El hijo no está reconocido en el Registro Civil por el padre del menor (el cual está casado).
En estos momentos el padre no va a reconocer al hijo ante el Registro Civil.
El padre, no tiene inconveniente en firmar un documento ante notario, en el que reconoce su paternidad y asume una serie de obligaciones, como pensión de alimentos, etc.
La madre (que es mi cliente), en estos momentos no va a entablar ningún procedimiento judicial, si bien, nunca se sabe que pasará en el futuro, por lo que entiendo que me podría servir de utilidad en el futuro. Lo que no tengo claro es si se podría utilizar en el futuro en caso de fallecimiento del padre.
Urgente.
Recurro a ustedes para solicitarles me puedan ayudar proporcionándome un modelo de escrito (formulario) de Reconocimiento de hijo extramatrimonial ante Notario mediante Escritura Pública (formalidad española).
Agradesco anticipadamente su ayuda.
c a r la - (&) m i x m a i l . c o m