Bueno, pues finalmente recojí las llaves y demandé a este señor.La semana que viene tenía el juicio y hace un rato me llama la abogada y me dice que esta persona va a pagar y que ya no hay juicio.Sin embargo,resulta que me toca pagar a mi las costas del abogado.Resulta que la persona que tenía arrendado mi local me debe 1400 euros,y la abogada me dice que me va a cobrar cerca de 1200 euros.Asi que salgo perdiendo porque no solo dejo de cobrar intereses sino que la abogada se lleva toda mi deuda.¿Es esto justo??? Ella en nigún momento me avisó de que me iba a costar tanto dinero y según ella hay un artículo que dice quesi la deuda es menos de 2000 euros ella puede cobrar lo que quiera.Necesito ayuda por favor
El tema me interesa porque lo está padeciendo un amigo mío. Una pregunta arrenda :
usted dice demanda de deshaucio y reclamación de rentas porque considera que el inquilino no ha entregado llaves por dejárselas a su abogado, no?
Alguien sabe si hay jurispudencia la respecto? Se puede considerar o no como un desestimiento unilateral y en su caso prematuro del inquilino respecto del contrato de alquiler?
Por que no prohiben y castigan los colegios de abogados dichas prácticas, de abogados que emulan acciones de notarios, pero con chantajes y coacciones al propietario? Claramente un temerario abogado en disposición de las llaves da mucha calentura de cabeza al propietario, porque el abogado temerario va a tratar de usar la posesión de las llaves como herramienta de coacción para que el propietario le firme lo que él quiera, (eso pensando bien, pensando mal, a saber el uso que puede hacer de las llaves un abogado temerario) y eso deberíaa ser inaceptable en Derecho, y perseguible de oficio por Colegios de Abogados y Fiscalia, no?
Lo mas probable es que si intentas reservarte acciones legales, el abogado que dice "depositar" las llaves, atribuyendose fuciones de "notario", pase de ti, te ignore, y acabe esquivándote para no darte las llaves. Yo le enviaría el burofax, recupraría la posesión del local (si es necsario llama a un cerrajero, te saldrá mas barato que entrarle al juego al abogado de tu inquilino).
Y a continuación pon una queja al Colegio de Abogados, por exceso de funciones del susudicho Abogado, al atribuirse funciones propias de notario.
Si no paramos esta nueva modalidad de engaño al propietario, con abogado que se atribuyen funciones de notario, pero con coacciones y vejaciones al propietario, cada vez será más frecuente este tipo de tretas por parte de inquilinos y sus abogados para que los inquilinos eludan sus responsabilidades a la entrega de llaves. Y quien debe parar este tipo de engaños y abusos de abogados intentando asumir fucniones de notarios es el propio Colegio de Abogados.
Por experiencia propia, si le sigues el juego al abogado de tu inquilino tratará de engañarte, si llamas a un cerrajero y recuperas el local y tratas de arrendarlo de nuevo, pagarás 50 euros, pero te ahorras posibles trampas y tretas del abogado de tu inquilino.
"Estoy de acuerdo con dark satan pero me hago una pregunta con documento firmado o no, ¿porque el arrendatario no le ha dado directamente las llaves al propietario???.
¿Porque las ha depositado donde un abogado?."
Es una nueva modalidad de chantaje y coacciones al propietario. En lufar de hacer entrega de las llaes a través de un notario, si el propietario acude al despachod euna abogado, éste intenta coaccionarle y camelarle para que, en su desconomiento de leyes, le firme cosas que no deberiera.
Hazle saber al abogado 8por burofax por ejemplo) que tomas la posesión del local, considerando desestimiento unilateral y prematuro del contratod e arrendamiento por parte de los arrendadores, y reservándote cualquier reclamación que legitimamente te corresponda en Derecho. Yo evitaría ir a su despacho, y si lo haces ves con mucha cautela, va a intentar engañarte seguro. Cuidadín con lo que le firmes.
Buenas noches,
En mi opinión podrías recoger las llaves, siempre y cuando no te hagan firmar ningún documento en el que renuncies a reclamarle las rentas adeudadas.
Si tienes bienes como indicas, seguramente ganaras las costas judiciales, así que no tendrás que gastarte tanto dinero como indicas.
Si necesita ayuda para reclamar las rentas adeudadas, o necesita cualquier tipo de información puede contactar conmigo, sin ningún tipo de compromiso por su parte.
eabogados@hotmail.es
Hola, las llaves no me las ha dado en mano para evitar pagarme de momento los 5 meses que lleva a cuestas pero lleva las de perder puestos que tiene 2 viviendas de 140M2 cada una a su nombre y unn paquete de acciones en el Banco de Valencia que poco valdran supongo pero de una manera u otra cobrare aunque me tenga que fundir todo el capital que le saque en pleitos.
Estoy de acuerdo con dark satan pero me hago una pregunta con documento firmado o no, ¿porque el arrendatario no le ha dado directamente las llaves al propietario???.
¿Porque las ha depositado donde un abogado?.
Me temo que el tema no va a ser tan sencillo, yó sin tardar pondría demanda, pero yá.
Un saludo.
Yo sí recogería las llaves con un documento firmado por él como que hace entrega de las mismas y da por finalizado el contrato unilateralmente por su parte.
Posteriormente le reclamaría las cantidades adeudadas.
Hola allegro. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Hola:Mi problema es el siguiente,tengo un local alquilado hasta agosto pero el inquilino me ha mandado, a través de un abogado, un burofax donde dice que las llaves están en el despacho del abogado.El problema es que el inquilino me debe varios meses de alquiler más suministros de agua y luz y no sé cómo debo proceder.¿Debo recoger las llaves y demandarlo después? El inquilino pretende que le descuente la fianza pero sin haber visto el local yo no quiero hacerlo.En el contrato hay una claúsula referida a que si abandona el local antes de la finalización del contrato deberá abonar un mes de penalización.¿Puedo reclamarle ese mes como daños y perjuicios?