El problema es que la discriminación (salvo en el caso de embarazo, parto y similares) hay que probarla, no basta con alegarla.
Adelantar más opiniones sobre posibles despidos que aún no se han producido entraría en el terreno de las hipótesis...Sería aventuradísimo dar las causas de impugnación de un despido que aún no se ha producido y del que desconocemos datos básicos como la modalidad de contratación utilizada. Te señalo el camino de la impugnación del despido en caso de que se produzca, para las razones de la impugnación habrá que ver como se produce este despido.
A lo que me refería con el derecho de petición, es que la petición realizada no vincula en ningún caso la decisión del Ayuntamiento. No hay norma que le obligue a despedir porque unos vecinos lo pidan.
Sé que el derecho de petición es legal, mi pregunta iba más encaminada a saber si lo sería el hecho de que lo despidiesen por ello. No se pide por su incompetencia sino por su procedencia y eso yo lo entiendo como un modo de discriminación y supongo que lo será. Cuando a él le entreguen la carta de despido imagino (yo también hago proyectos para ese ayto por lo que conozco un poco como funciona) que le dirán que el despido se debe a falta de medios para mantener ese puesto de trabajo o algo similar, pero si justo antes hay un pleno y encima se tienen esas firmas he de suponer que en algo le beneficiará en caso de emprender acciones legales ¿no?
Él está contratado como oficial de primera para acometidas y reparaciones pero no se especifica duración del contrato.
1. No creo que se inicie más expediente administrativo que un ejercicio del derecho de petición (no creo que haya ningún procedimiento administrativo reglado para despedir a un trabajador porque se recojan "x" o "y" firmas de los vecinos)...que, ni más ni menos, tendría el mismo trámite que si yo pido que creen 800 puestos de trabajo para todos los firmantes o le pido 300 millones de euros "por el morro" al Ayuntamiento.
2. Estamos hablando de simple derecho de petición (salvo que quien pregunta no nos de todos los datos)...no de un procedimiento de despido de trabajadores reglado. Con el mismo derecho podría pedir el trabajador que echasen a los vecinos del pueblo.
3. En caso de que se produzca un despido, el procedimiento de impugnación se inicia con la presentación de reclamación previa a la vía laboral (no necesita abogado) y posteriormente (si no es atendida esa reclamación), demanda en un proceso laboral (no contencioso como señalas) en el cual tampoco requiere de abogado (sin perjuicio de que sea aconsejable que le asesore un profesional abogado o no). Posiblemente se llegase a declarar despido nulo si se trata de discriminación en cualquiera de sus vertientes.
Es de suponer que dicha Asociación deberá presentar esas firmas y el escrito correspondiente en el Ayuntamiento del municipio. El Ayuntamiento para tomar la desición, deberá pasar el escrito con firmas a algún órgano interno, como el Pleno o la Comisión Permanente. Dicha propuesta, deberá ir acompañada con informe jurídico elevado por el Secretario de la Corporación.
Caso de consumarse el despido, el trabajador podría impugnar el acuerdo y llegar a un Contencioso-administrativo, donde deberá acompañarse TODO EL EXPEDIENTE ADMINITRATIVO incluido el escrito con las firmas.
El trabajador deberái asesorarse con un abnogado sobre las acciones a tomar.
Tambien habría que saber el tipo de contrato que tiene el trabajador.
Las crisis suelen hacer las entendederas más estrechas de lo que deben ser. No se piensa ni racionalmente ni con el corazón...sólo con el estómago.
Es triste pero es así...
Evidentemente la recogida de firmas es legal...lo que no sería legal es que lo echasen simplemente porque se han recogido X firmas. Espero que la corporación municipal tenga otros órganos además del estómago.
Saludos.
PD: Lo que no me cuadra es que tiene que ver el honor aquí...
Hola a todos. Ante todo quiero pedir disculpas si no es el lugar apropiado para realizar mi consulta.
Vivo en un pequeño municipio donde la Asociación de vecinos está recogiendo firmas para echar a un trabajador del Ayuntamiento. Es un chico jovencito, con dos niñas pequeñas que vino a vivir aqui porque fue el único sitio donde le ofrecieron un puesto de trabajo y tal y como están las cosas no podía dejarlo escapar; tras tres meses de trabajo y estando empadronado desde el primer día parece ser que no se le considera vecino del municipio y es la propia Asociación vecinal quien está pidiendo que le despidan.
¿Esto es legal? ¿Dónde queda el derecho a la libre circulación o, lo que es más importante, al honor? Porque él se limita a trabajar pero aún así le vienen con estas para que su puesto lo ocupe "alguien del pueblo". ¿Se puede hacer algo?