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Reclamo de dinero por parte de la Seguridad Social

17 Comentarios
 
Reclamo de dinero por parte de la seguridad social
17/09/2004 12:26
S.O.S.
Acaba de llamarme mi pobre suegra, con un disguto tremendo. Ha recibido un certificado de la seguridad social en el que le reclaman 5.200 euros por ingresos indebidos. Por lo visto, a pesar de tener su declaracion de la renta en la que constan todos sus ingresos, no se han dado cuenta hasta ahora de que los complementos por mínimos recibidos desde el fallecimiento de mi suegro, sos indebidos. Y ahora se lo reclaman. Pero como son muy buenos, le dejan que pague en 59 meses.
Pero es que no se puede hacer nada con esto??????
hombre!!!!!!! que tiene 70 años y me la van a matar del disgusto!!!!!!
sabeis si hay alguna posibilidad de recurrir esto?? o por lo menos de disminuir la cuantia a devolver!!!
gracias y salu2.
perfil pym
17/09/2004 12:55
Lo mejor es ponerse en manos de un buen abogado! Creo que es un tema de prescripciones a lo mejor por ahí te orientan mejor!

Saludos,
17/09/2004 13:00
Al ser un caso de pagos indebidos, lo mejor es hacer caso a la carta de reclamación de cantidades indebidamente percibidas.
Se podría presentar un recurso, para ello acude a un abogado para ver si existen responsabilidades paralelas.
de todas formas dile a tu suegra que se vaya concienciando del pago de la deuda por si acaso.
es un caso difícil.
17/09/2004 17:22
Todos de acuerdo en que es un caso dificil y en que "con la iglesia hemos topao", pero tiene que haber una manera de evitar semejante tomadura de pelo.
Vamos a ver: mi suegro fallece, mi suegra pierde su pension porque era del sovi y es incompatible con la de viudedad. Pero como la pension que le queda es minima, le complementan para que llegue a la que ellos ellos ellos ellos dicen. Pasando del tema de la discriminacion del sovi con el resto de las pensiones, de pronto, 2 años y medio despues le dicen que se equivocaron, y que como el complemento no deberia haberlo cobrado, pues ahora, no solo se lo quitan, sino que ademas tiene que devolver lo que ellos le dijeron equivocadamente que debia cobrar durante dos años y medio.
A ver, que es lo que no funciona????
o soy medio gilipollas o este mundo esta patas arriba.
Salu2.
17/09/2004 17:29
Hola.

Me temo, ojala me equivoque, que poco tiene que hacer.

Una de las obligaciones que tiene el perceptor de prestaciones, y mas si se perciben complementos de mínimos, es comunicar las variaciones económicas que puedan afectar al derecho de perc epción de tales complementos.

Creo que al final lo único que podrá hacer, es pedir que le descuenten una pequeñacantidad todos los meses de la prestacion que esté percibiendo y que suele ser aceptado por la Administración.

Saludos y suerte.
17/09/2004 17:52
Puedo asegurar que no han cambiado ni sus circunstancias, ni su economía. Que posee menos que entonces, lógicamente al dejar de tener ingresos que tenía ya como la pensión de mi suegro, y que si no se han enterado antes ha sido porque no han querido. La documentación que pidieron entonces es la misma que lo que tiene ahora. Y además ahí están sus declaraciones de renta anuales, para que puedan cruzar datos.
En fin, que ya se que no se podrá hacer mucho, pero el cabreo no nos lo quita nadie, y por lo menos las opiniones de los foreros ayudan a pasar el trago. Gracias y salu2.
17/09/2004 18:25
Si se quedó con una copia de la solicitud de Viudedad, puede ver si cumplimentó el apartado de ingresos que tenía en aquel momento, luego todos los años el INSS les remite un escrito donde se refleja la subida anual que ha sufirdo su pensión, igualmente en el mismo le indica que si es perceptora de complementos por mínimos y ha obtenido ingresos fuera de los de la pensión superiores a una cifra que varia todos los años, que debe hacer una declaración de ingresos.
Deduzco que por desconocimiento no la ha venido haciendo anualmente, por lo que el INSS al cruzar datos fiscales con Hacienda, ha iniciado un expediente de devolucion de cantidades percibidas indebidamente. Lo tiene dificil, lo único que puede intentar es que le amplien el plazo de reintegro de la cantidad a devolver. saludos
17/09/2004 18:29
Hola Anaconda.

Deduzco que tu suegra estaba cobrando su pensión de jubilación y, como no alcanzaba el mínimo, le complementaron hasta ese mínimo, dado que ella no tenía otros ingresos.´

Tu suegro, estaría cobrando su pensión o salario su trabajase, y eso no afecta cara a la percepcion del complemento de mínimos de tu suegra, ya que es un derecho individual en el que no afectan los ingresos de la unidad familiar.

Al fallecer tu suegro, tu suegra, psigue cobrando su pensión, la suya propia y además por el derecho que le corresponde pasa a cobrar la pensión de viudedad, Y ahí está el quid de la cuestión. En ese momento, al juntar su pensión que por derecho genera (sin complementos de mínimos) con su pension de viudedad que por derecho le corresponde, excede del mínimo, con lo cual no le corresponde la percepción del complemento de mínimos y ahora le exigen la devolución de ese complemento, desde la fecha en que comenzó a percibir esta pensión de viduedad y que en su momento debíó comunicar que cobraba.

¿Que el INSS tiene conocimiento de esto y por dejadez, falta de diligencia, o por lo lago que es el café en la Administración, no lo detectó hasta ahora.? Pues si tienes razón, es una putada. Pero dudo que esta putada o cabronada para que no haya mosqueos) evite que tenga que devolver lo indebidamente cobrado.

Saludos y suerte.
20/09/2004 11:18
Hola a todos. Muchas gracias por vuestras aportaciones. Hoy voy a comer con ella y ya le he dicho que me prepare todos los papeles. Os tengo informados a ver si entre todos sacamos algo en claro y de paso, si encontramos la solución, pues ahí está para otras ocasiones. Salu2.
22/09/2004 13:09
Hola a todos.

Tengo más datos sobre el tema, así que intento hacer una redacción de los hechos ordenada.

Mi suegro cobraba una pensión por gran invalidez y hacían una declaración de la renta conjunta.

Mi suegra cobraba una pensión de jubilación del SOVI.

Además, ambos cobraban una pensión de unos 100 euros de Francia por 8 años cotizados allí en los años 40.

Cuando mi suegro fallece, ella presenta su declaración junto al resto de documentación que le piden (la SS se entera así de lo que percibe y lo que tiene, y si no, es porque no quisieron, que allí tuvieron toda la documentación).

Calculan la pensión de viudedad que le queda a mi suegra, junto el complemeto a mínimos y le dan a elegir entre ésta y la del SOVI. Y le dicen que le preparan la documentación para pedir la pensión de viudedad a Francia, tramitando ellos dicha pensión.

Como la pensión del SOVI es menor, ella elige la de viudedad que ya viene complementada. Y le queda una pensión que junto a la que percibe de Francia ya de por sí supera el mínimo necesario para no cobrar complemento, pero aun así se la abonan.

Entonces,

1.- Si la SS ya sabía que superaba ese mínimo, por qué le abonan el complemento?

2.- Si ella opta por una pensión mal calculada, que pasa con lo que ha dejado de percibir? Por que es evidente que si nadie le dice nada del complemento, ella habría elegido la del SOVI que era mayor.

3.- Y yo me planteo: ¿puede ahora recuperar la pensión del SOVI puesto que es mejor que la que le queda AHORA de viudedad? Y ¿qué pasa con lo que ha dejado de percibir? ¿Puede reclamarlo al existir negligencia de la Administración? Digo negligencia porque entiendo que si DEBIAN SABER que no tenía derecho al complemento, pues alguien tendrá responsabilidad junto a ella por "no darse cuenta de que le pagaban de más".

Espero haberme explicado medianamente bien. A ver si alguien puede echarme una mano.
22/09/2004 17:16
Yo creo que podrias intentar la condonacion de la deuda. A ver si cuela.
22/09/2004 17:56
Hola.

Si el error es claramente atribuible al INSS, creo que lo que procede es la devolución, en cómodos plazos, de lo cobrado indebidamente pero sin recargo de ningún tipo.

En lo que se refiere a recuoerar su antigua pensión SOVI y renunciar a la viudadead, creo que cuando se cubre el cuadernillo, hay una casilla o se pone en el derecho de opción "La mas favorable." Si en esa opción ha hecho constar eso, Cabrñia exigir al INSS, que aplicase la Pensión SOVI, pagase desde la fecha en que ejercitó la opción las diferencias y que se recalculase la deuda reclamada. Todo esto claro está, salvo mejor opinión.

Saludos
22/09/2004 19:10
Hola.

Gracias Ninfa. Agradezco tu opinión, y creo que porque es lo más lógico, pediremos efectivamente lo que me comentas. Por otro lado, el INSS en su propuesta de devolución, no contempla recargo alguno, en parte supongo porque admiten el error como propio.

Crees que habría alguna posibilidad de solicitar condonación?

Salu2.
22/09/2004 19:13
HOla.

Me parece improbable que te lqa concedan, ya que lo que te reclaman es cobros indebidos y no recargos.

Mas bien creo que habría que ir por un recalculo aplicando la situacion mas favorable para el administrado (SOVI)

Saludos
22/09/2004 19:17
Hola!

De acuerdo, gracias por la rapidez. Voy a calcular lo que se supone ha dejado de percibir del SOVI para preparar las alegaciones. Imagino que podrá solicitar que le paguen SOVI otra vez, no? Quiero decir que aunque ejercitase la opción en su día, podrá volver a ejercitarla ahora que es más favorable, no?

Gracias de nuevo y salu2.
18/10/2004 18:52
Hola!!

Presentadas alegaciones al post comenzado con fecha 17/09/2004, obtenemos respuesta evidentemente desfavorable. Tengo algunas dudas que me gustaría plantear por si podeis ayudarme.

Me dicen que para tener derecho al complemento, se tienen en cuenta todo tipo de percepciones, incluidos rendimientos inmobiliarios y de capital. Esto es así?? En algún sitio leí que solo se tenían en cuenta los rendimientos del trabajo y de actividades profesionales, pero ahora no se donde (ya se, que torpe!!)

Por otro lado, solicitamos que recalcularan la pensión del SOVI a la que mi suegra renunció por ser más favorable que la de viudedad sin el complemento y han obviado el tema. Qué hago?

Y otra cosa, el siguiente paso es reclamación previa por aplicación del 71 de la LPL. esto significa que el procedimiento es laboral? Creí que sería administrativo.

Espero vuestra ayuda. Muchas gracias.

Salu2.
18/10/2004 18:58
Hola.

Para los complementos de mínimos, me temo. ojala esté equivocada, que se tienen en consideración todas las rentas de cualquier tipo que tenga el perceptor.

En cuanto al procedimiento entiendo que es la vía laboral y en ella deberas insistir en el recalculo de la pensión mas favorable, exigiendo que se compenese lo no abonado con lo cobrado además de volver a la pensión que indebidamente la S.social sustituyó y una vez obtengas el resusltado apetecido, si aún sigue habiendo deuda con la Seguridad social, deberias pedir el pago aplazado, mediante pequeños descuentos de su pensión.

Saludos y mucha suerte.
10/10/2022 10:40
Somos varios jubilados por Convenio Hispano Argentino, a los que el INSS nos reclama cobros indebidos Todo se basa en diferencia entre lo que calcula el INSS de nuestra jubilación de Argentina y lo realmente cobrado Existe jurisprudencia para esos casos?