Buenos dias. Me dirijo a Vds., si me pueden informar; tengo un terreno urbanizable, el cual un trozo de él, el catastro lo señalizó hace tiempo, dentro de una parcela urbana cerrada con malla metalica.
La pregunta es , puedo reclamarlo?. debo dejar que edifiquen?
Gracias.
Buenas tardes Ramiro, del contenido de su consulta parece desprenderse que el Catastro ha incluido una parte de una parcela de su propiedad dentro de otra parcela.
Pues bien, si éste es el supuesto parece evidente que debería instar al Catastro a que subsanen dicho error, con el objeto de que esta porción forme parte de su finca catastral.
En cualquier caso, parece aconsejable que amplie la información facilitada para recibir una orientación más completa a través del foro.
Gracias por responder.
Haber si se explicarme, es una parcela a la cual el catastro le asignaba menos metros de los que en escrituras, registro y catastro hstorico constan;al hacer la reclamación de reposición, el catastro lo reconocio en tiempo y forma, pero incluyo en ella metros de la del vacino que está cerrada con malla metalica, la cual segun registro y reales tiene de más.
La pregunta es, puedo reclamar al vecino esos metros?.
Gracias por la información en el foro
Buenos días, en primer lugar le comento que en la mayoría de ocasiones no concuerdan la superficie registral con la superficie catastral ni éstas con la superficie real de una finca. Por ello, su caso no es ninguna excepción.
Dicho esto, si el Catastro le ha reconocido los metros que se recogen en el Registro, pero, a su vez, ha incluido una porción de la finca de un colindante, lo razonable sería poner en conocimiento del Catastro que esta porción no forma parte de su finca, para que la excluyan.
Por otro lado, de los datos que usted aporta no parece desprenderse que el colidante se haya apropiado de una parte de su finca. No obstante, ello exigiría una análisis del supuesto concreto, tomando como referencia, fundamentalmente, el Catastro histórico, a efectos de constatar que el Catastro no ha incluido en el finca colindante una parte de su finca.
Nuestro querido amigo Ramiro10 pregunta cómo puede reclamar al vecino los metros que se ha apropiado y vallado. En su segunda intervención lo deja clarito.
Como señala Aspeta, en su sengunda intervención Ramiro pregunta cómo puede reclamar al vecino un terreno, aunque en esta intervención parece que también da a entender que este terreno forma parte de la finca del vecino, ya que señala que el Catastro "incluyo en ella -en la finca de Ramiro- metros de la del vecino". Pero, por otro lado, en la primera consulta Ramiro sí que señalaba que este terreno formaba parte de su propia finca, hasta que se produjo un cambio en el Catastro.
En cualquier caso, pido disculpas por la interpretación que he dado a las consultas, aunque lo cierto es que otros usuarios también adujeron una falta de entendimiento de la consulta.
Dicho, dado que el Catastro ha estimado la petición de Ramiro, se trataría de una cuestión de propiedad que debería dilucirse ante la jurisdicción civil.
En concreto, cabe señalar que el artículo 348 del Código Civil reconoce al propietario "acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarle", refiriéndose, por tanto, a la acción reivindicatoria y a la acción declarativa de dominio.
En la primera de ellas el propietario se dirige contra el tenedor o poseedor de la cosa para que le sea reintegrada como dueño de la misma, mientras que la acción declarativa de dominio tiene por objeto obtener la declaración de que el demadante es su propietario.
En todo caso, la reclamación exige un conocimiento más exhaustivo del supuesto que permita articular con acierto la demanda, mediante un análisis de la documentación catastral y registral y de la situación física de las fincas.
Espero que, ahora sí, mi respuesta le sirva de ayuda.
He visto este caso y necesito que alguien me aclare un poco el mio por favor.He comprado recientemente un terreno con un socio, en el momento de hacer la escritura,no pudimos registrar la compra como escritura publica juntos porque el terreno era rustico e indivisible, tras hacer la escritura a nombre suyo por ser quien adquiría la mayor parte del terreno hicimos en privado (pero con testigos) un contrato donde ponía literalmente, Antonio... con dni...reconoce que Sergio...con dni...(yo) tiene una participación de 2500metros cuadrados en la parcela situada en c/...(pero sin valorarla en dinero) y que nos proporcionaríamos luz y agua si mi parte no pudiera contratarla o al contrario si se diera el caso ,ahora tengo problemas con el, porque se quiere quedar mi parte, dice que el contrato es ilegal, yo solo dispongo del contrato y un recibo firmado y sellado por el, de cuando le entregue 2000 euros para gastos de notario,mediciones,abogado,etc, para el solar pero del pago de la compra nada ni siquiera en el contrato, me han dicho que en aplicación de la doctrina de actos propios,no hay duda de que el contrato es valido y que se antepone esta a la nulidad por precio indeterminado,yo pienso que al hacer alusión a los metros de mi propiedad ,el precio es determinable pero no estoy seguro,por otro lado me han dicho que no es necesario que en el contrato aparezca precio porque este es un contrato de reconocimiento y no es necesario que aparezca,estoy muy liado¿que puedo hacer?Estoy muy preocupado
Gracias desde Almaden de la plata
Pues yo, en relación a la cuestión planteada por Ramiro, todavía no tengo las cosas claras aunque.......................las intuyo.
Debe tenerse en cuenta que si Ramiro tiene inscrita en el Registro de la Propiedad la finca, el Catastro no puede asignar parte de esa propiedad al colindante de motu propio o como consecuencia de la incorporación de una alteración catastral.
Sin embargo, debido a una comunicación de la administración urbanística competente ( el ayuntamiento ), el Catastro sí puede modificar la descripción catastral de su finca urbanizable, en el supuesto de que el vecino sea también propietario en el mismo ámbito de suelo urbanizable y el ayuntamiento le haya aprobado un proyecto para desarrollar un sector de ese ámbito, incluida una porción de terreno de Ramiro. Ese supuesto no significa que el vecino se haya apropiado del terreno de Ramiro, sino que, Ramiro, como propietario, está obligado a incorporarse al proceso urbanizador promovido por el vecino y aprobado por el ayuntamiento.
Si mi intuición es acertada, por el mero hecho de la aprobación por el ayuntamiento del instrumento de desarrollo urbanístico de ese sector ( incluido el terreno de Ramiro ) y comunicación al Catastro de esa circunstancia, éste, procede a la alteración de la inscripción catastral por la que el suelo incluido en la actuación urbanística pasa a ser considerado, a efectos tributarios, suelo urbano.
Pero estas cosas no suceden sin notificarlas al interesado con la finalidad de darle la posibilidad de alegar lo que considere en su interés.
Consecuentemente, en este supuesto, deberá pagar IBI urbano por la porción de terreno incluida en el sector a desarrollar, de la que, sin duda, el vecino no se a apropiado.
Gracias a Abogadourbanismoymedioambiente y Alga.
Algo de luz me da abogadourbanismoymedioambiente; y con respecto a Alga, a la cual sigo desde hace tiempo en sus comentarios, debo decirle, que no es cuestion de pagar el IBI, que lo hago desde hace años. Y en cuanto al vecino, no tengo ni idea que urbanice su parcela que ya es urbana desde hace años; si es posible que quiera segregar un trozo(ya que da las dimensiones su parcela) para hacer otra casa; y esa es la pregunta, si asi fuera podria yo reclamar ese trozo por el que pago IBI y está inscrito como mio aunque esté cerrado con malla con la del vecino? o me avisarian para entrar con él en esa segregación?.
A ver si lo entiendo, estás pagando el IBI de un terreno del que hace uso y es propiedad del vecino.
Entiendo pues. A pesar de no estár inscrito en el registro de la propiedad a tu favor ( lo que significa que no es tuyo ) te pasan al cobro el recibo del IBI a ti. Creo que ello es debido a un error del catastro, perfectamente subsanable.
Solo quisiera apuntar que el art. 38 de la Ley Hipotecaria dispone que quien tiene inscrito un derecho tiene la posesión del inmueble sobre el que recae.
Esta presunción es de carácter iuris tantum lo que quiere decir que produce una inversión de la carga de la prueba y que permite la prueba en contrario y contra ella son admisibles todos los medios de prueba.
A pesar de ser una cuestión civil, mi opinión es que debiste abandonar la compra desde el momento que supiste de la imposibilidad de inscribir la compraventa creando ex novo cuotas proindiviso de ese terreno.
Estando inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre de la otra parte, ¿ que harás si vende el terreno sin tú saberlo ?, ¿ demandarlo cuando te enteres confiando que el juez valide las firmas ?.
Podrías intentar que te acompañara a la notaría para un reconocimiento de firmas, junto con los testigos, creo que de esa manera podrías tener acceso a juicio ejecutivo.
Gracias Alga.
No es exacto el planteamiento que haces, ya que el terreno si está inscrito en el R. de la Propiedad y por el que pago el IBI a mi nombre, pero el que hace uso es el vecino, por estar cerrado con malla de su propiedad.
Muchas gracias Alga, porque segun entiendo el articulo 38 que me comentas; si tengo derecho sobre él. A si lo entiendo.
Como dice, abogadourbanismoymedioambiente
" creo que deberías demandar a tu vecino pues de los datos que aportas parece claro que eres el titular de este terreno".
Con lo sencillito que es plantear las cosas con claridad desde el principio ... porque es usual, por desgracia, anexionarse terreno del colindante cada año un poquito más, o de golpe, si el vecino no atiende su propiedad, máxime, si se ausenta ...
Caben posibilidades de permutas, compras del trozo en cuestión anteriormente que ramiro desconozca. De la misma forma que es fundamental saber la dimensión de la superficie y el % por el exceso de cabida ... asi como la forma de la titularidad de ramiro si es por herencia o compra ya que cabe la posibilidad que a ramiro le hayan vendido lo que actualmente tiene y revolviendo observa lo que dice ... y mil posibilidades más que se eliminan exponiendo desde el principio, insisto, las cosas como son y no como nos parece ...
Sinceridad, claridad, buena fe y sentido común ...
Buenos días aspeta, creo que, en cierto modo, tiene razón en la crítica que realiza a mi último comentario.
En realidad, pretendía decir que no nos encontramos ante un problema del Catastro sino ante una cuestión de propiedad, y que si los datos que Ramiro ha indicado son ciertos, debería intentar reclamar esa porción de propiedad.
Eso sí, esta eventual reclamación exige un análisis exhaustivo del supuesto por parte de un abogado especializado (Catastro, Registro de la Propiedad, situación física del terrenos, posibles límites naturales, etc.), pues resulta evidente que a través del foro no podemos ofrecerle una respuesta exhaustiva sino simplemente orientarle.
Asimismo, creo que Ramiro debe dar un paso más si quiere recuperar ese terreno, y ello exige este análisis que he expuesto por un especialista.
Dicho esto, quiero decir también que, si realiza una lectura de todos los comentarios realizados a la cuestión planteada por Ramiro, podrá llegar a la conclusión de que se le ha orientado con sinceridad, claridad, buena y fe, y sentido común.
Espero que estas sinceras disculpas sean aceptadas.
Muy buenos días Sr. abogadourbanismoymedio ambiente: quien se ha explicado mal ha sido un servidor puesto que no sabido explicar que la única vía que le quedaba a ramiro era la que Vd. apuntaba y he entrecomillado.
Este tema me parece de los más gratuitos y absurdos que se plantean por aquí ya que se solucionan pidiendo explicaciones al vecino que ha cerrado lo que ramiro entiende que le pertenece y, si no se atiene a razones, que puede que las haya, a juicio y sanseacabó. Por eso apelado al sentido común y buena fe ...
Y, una preguntita ¿por qué ramiro, cuando onbserva que el "avasallador" está haciendo el cierre no se opone y le pide explicaciones?