Al tratarse de una responsabilidad civil de tipo contractual, el perjudicado dispone de 15 años para poder reclamar daños y perjuicios por negligencia profesional. Lo normal es que te solicite que des parte de siniestro a la aseguradora y luego será ésta la que responda por ti.
Un saludo.
Ante todo perdón si no he puesto el mensaje en el foro correcto, pero creo que no encaja en ningún otro foro, necesito que alguien me asesore un poco porque voy perdido, hace seis años que comencé a llevar un asunto a una persona y como no podía atenderlo se lo pasé a una compañera, a ella se le pasaron los plazos y el cliente sufrió un perjuicio de 12.000 €, seis años después, cuando ya no ejerzo ni nada, dejé el ejercicio tras cumplir con la sanción del Colegio de Abogados, un Abogado se pone en contacto conmigo para que reclamemos al seguro la cantidad en que fue perjudicado aquél cliente, durante 6 años esta persona no ha hecho nada y ahora de golpe quiere cobrar los 12.000 €, ¿puede reclamarlos?, ¿qué seguro es el que cubre esto?, ¿a quién me tengo que dirigir y cómo tengo que hacerlo?, a mi sólo me consta haber estado en la mutualidad judicial, no recuerdo nada más, después de tantos años, sea el seguro que sea ¿va a responder?. Yo actualmente tan sólo estudio, no tengo ni trabajo ni dinero, ni ningún tipo de patrimonio que se puede embarga, por lo tanto si me reclama por vía civil no tengo patrimonio con el que responder ya que vivo de mis padres, no sé qué hacer ni cómo actuar, si alguien me pudiera asesorar un poco en los pasos a seguir y en lo que me puede pasar se lo agradecería infinitamente porque estoy desesperado, muchas gracias por adelantado a quien lo lea y me quiera ayudar. Un saludo a todo el mundo