buscate un buen profesional abogado, creo como estas ahora tienes mas que ganar que perder, cuando se pone de administrador se cree que ancha es castilla y es toda para el con lo que seguro que habran cometido alguna gambada te lo asesguro.
gracias Corwen.
No se, creo que la teoría es así ,pero por mi experiencia estoy comprobando que como socio minoritario no puedo hacer nada. Le pongo el ejemplo de que me han cesado como administrador ,me han quitado la retribución (mi único ingreso) que cobraba por la prestación de mis servicios y no puedo hacer nada.
Supongo que lo siguiente será engordarse las nóminas , ponerse sueldo por administrador, cambiarse de coche, etc en definitiva lucrase de la empresa. Sin embargo yo como socio minoritario ¿que derecho tengo?, pedir unas auditorías a principio de año ¿y qué?. Me gustaría pensar que estoy equivocado, pero de momento veo que yo estoy fuera sin cobrar y mis dos socios cobran y tienen las riendas de la empresa sin yo tener derecho a opinar.
¿Para que me sirve el tener una 1/3 parte de la empresa?
lo pueden hacer pero tambien se pueden meter en un follon muy pero que muy gordo hasta penado con carcel si lo hacen para perjudicar a un socio minoritario, si puedes fuerzales para grabarles diciendotelo, y asi tienes pruebas contra ellos.
las ampliaciones de capital hay que justificarlas no se pueden hacer por que a uno le de la gana y mas como comentas.
Soy socio en una 1/3 parte de la empresa que a fecha de hoy la situación patrimonial es bastante buena (local , saldo en bancos y derechos de cobro importantes, etc).
Mis socios (mayoría legal) me han cesado como administrador mancomunado y se han dispuesto quedarse con la empresa . Me han dicho que via ampliaciones de capital me puede ir diluyendo hasta que mi parte no valga nada y es lógico que yo no acuda a las ampliaciones pues con este dinero se lo pueden gastar como ellos decidan por tener la mayoría legal (ej. :subierse sueldos, comprase cocha a nombre de la empresa, etc.)
¿Hay alguna forma legal de que a fecha de hoy, pueda reclamar mi parte o bien garantizarme la parte que me corresponde aun no acudiendo a las futuras ampliaciones de capital que hagan?.