Nuevamente GRACIAS POR SU TIEMPO.
Este trabajador estuvo en paro unos meses, ahora es empleado por una ETT. Y el plazo para esta recclamación y donde se puede acercar?
Pero no la pierde, debe poder negociar para o bien continuar pagando esa cuota el propio trabajador o si no rescatarlo por parado de larga duración din necesidad de cumplir el año desempleado para que se le reconozca esta situación.
Tenga en cuenta que es una situación ajena al trabajador y eso que estuvo pagando la empresa era un incentivo salarial, otra cosa seria el seguro de vida o invalidez, este se paga para una cobertura por posible accidente del trabajo, tb se incluye contingencia común, pero de lo que usted nos habla es de una pension.
es posible via judicial y en que plazo reclamar esta paga vitalcia o en su caso al llegar a la edad de jubilación.
Miraré la página recomendada. En la nómina este concepto no se reflejaba siuno que era una de las ventajas de sus trabajadores.Alo igual una paga que daban al cumplir los 25 años. a este trabajador le faltaron meses para los 25.
Gracias por su respuesta.
La fábrica hizo un cierre por causas objetivas... y se llegóa aun acuerdo con oos trabajadores con respecto a los días de indemnización. En el caso de la persona que mencioné tenía 24 años en la empresa.
En el supuesto que la empresa hubiera seguido este trabajador al llegar la edad de jubilación la empresa le daría junto con su finiquito una paga vitalicia. Que es la que se pierde por el cierre.
Entiendo que será un ERE y que se refiere a un plan de pensiones por tanto en primer lugar esto seria salario en especie reflejado como tal en las nominas y por tanto a efectos de indemnización, para el calculo de la misma esta aportación seria salario y por tanto se debe acumular para el calculo, en cuanto a lo que sucede, esta aportación no se pierde, varias opciones; el trabajador puede seguir aportando la cuota hasta la fecha en que se jubile y pueda acceder al cobro, otra opción seria la de reclamar el cobro por ser parado de larga duración.
Hola . Para un trabajador de una multinacional que decidió cerrar la empresa y llevarla a otro país de la unión. Dichos trabajadores tenían unas garantías como una pensión vitalicia a la hora de jubilarse a aquellos trabajadores de más de 20 años en dicha empresa. A la hora de liquidarlos dijeron que este concepto se perdía porque era un cierre. En caso de que esto se pueda reclamar que plazos hay para dicha reclamación?
Gracias por su respuesta.