Con independencia del despido usted puede demandar cualquier cantidad que se le adeude y para ello tiene un año de plazo a no ser que haya firmado un finiquito
Buenas tardes,
Quisiera saber si después de un acto de conciliación en el que se reconoció el despido improcedente con avenencia pero no reclame horas extraordinarias, que puedo demostrar. ¿ hay alguna manera de poderlas reclamar o ya es imposible?.
Gracias de antemano.