No puede demandar con carácter subsidiario: o demanda a los dos o no. Ya le digo que no le veo la ventaja porque la responsabilidad de comprador e inmobiliaria no es solidaria. En la práctica da igual demandarlos por separado que a la vez.
Claro. Entonces, ¿sería más conveniente demandar primero al comprador solamente?
Qué tal sería la opción de demandar al comprador y en el mismo escrito, de manera subsidiaria a la inmobiliaria? Sería algo raro?
Si eso es. Se puede demandar a los dos en el mismo procedimiento. No puedeo estar totalmente seguro porque dependerá del juez, pero casi seguro que si.
De todas formas no veo la ventaja de demandar a los dos al mismo tiempo. Puede demandar a uno y luego a otro.
Perdón por ser tan pesado, pero es que me gustaría estar seguro de este tema. Entonces, según su opinión, a la inmobiliaria una demanda en reclamación por responsabilidad profesional (falta de diligencia) y al comprador una demanda de reclamación de cantidad. ¿Es eso a lo que se refiere? ¿Y se pueden incluir las dos peticiones en una misma demanda?
Le agradezco mucho sus respuestas, pues estoy encasquillado en este tema.
Yo creo que puede interponerse una demanda contra los dos. Quizás sea lo más conveniente para que todo salga sin problemas.
A la inmobiliaria por falta de diligencia (aunque esto habría que estudiarlo muy bien consultando la Jurisprudencia)
Al comprador una demanda de reclamación de cantidad que sera verbal si es inferior a 6000 euros u ordinaria en caso contrario. No es cambiario ni nada por el estilo.
Sí sí, me han confirmado que son arras penitenciales.
Entonces, ¿al comprador también? Pero, ¿cómo? ¿en una demanda aparte?
A la inmobiliaria sería por falta de diligencia, ¿no? Y al comprador ¿sería en juicio cambiario o simplemente reclamando la cantidad?
En caso de que las arras sean realmente penitenciales (lo cual habría que comprobar en detalle leyendo el contrato) estimo que podría demandarse tanto al comprador como a la inmobiliaria.
1.- respecto al comprador no cabe duda, porque debe las arras.
2.- respecto a la inmobiliaria creo que también por no pedir el cheque conformado. Si lo hubiera hecho, no habría ocurrido lo que cuenta, y creo que es una negligencia en la que no puede incurrir una inmobiliaria puesto que al dedicarse profesionalmente a ese tipo de comercio, debe comportarse en sus negocios como un ordenado comerciante (y no simplemente como un buen padre de familia) lo cual incluye a mi entender el exigirle que se asegure de que el cheque estuviera conformado. Es que una inmobiliaria no puede incurrir en semejante error, vamos.
Gracias, pero las arras eran penitenciales. Pero claro, ahora no sabemos qué se puede hacer, porque por un lado, la immobiliaria no presentó el cheque al cobro (no era nominativo, por cierto) hasta el día de la firma del acta de manifestaciones, y claro, no pudimos cobrar las arras, y se queda eso ahí en el limbo que no sabemos qué hacer. Si podemos reclamar a la immobiliaria, al comprador, a los dos, a ninguno...?
Completamente de acuerdo con mi compañero leonjbd.
Yo añadiría (si el documento dice lo que nos imaginamos) que entre las diversas vías procesales elegiría la civil, por la penal (la estafa) tiende mucho a convertirse en una maraña de opiniones que terminan conduciendo el asunto al pleito civil.
Haría falta examinar la documentación y tener más datos, pero probablemente lo que ha firmado la inmobiliaria no es un contrato de arras, sino un contrato de compraventa en el que las "arras" son en realidad parte del precio de la compraventa (lo que se llama arras confirmatorias, que son arras en sentido estricto).
Entonces, si el cheque no tiene fondos y Ud. no puede cobrar las arras, la consecuencia jurídica no es que Ud. tenga derecho a reclamarle las arras a nadie, sino que puede resolver la compraventa, que no es lo mismo.
En la práctica el daño que Ud. sufre es no poder dar por iniciada esa compraventa y tener que seguir buscando comprador. Entonces la pregunta es ¿qué daño real le provocan a Ud. todas estas incidencias? Pues es muy difícil de calcular, yo diría que incluso imposible. Por tanto no veo que pueda reclamarle nada a la inmobiliaria o quizás una cantidad tan irrisoria que no creo que merezca la pena.
Todo eso (insisto) a falta de ver la documentación.
Reclamar a inmobiliaria por no comprabar si el cheque de arras tenía fondos