Entiendo que en este caso correos no ejerce potestades públicas, por lo que el régimen de responsabilidad se ventilará en la vía civil.
Por lo que comentas de domicilio desconocido, a mi me ocurrió que trabajando en una Administración teníamos que notificar a un club de carretera un procedimiento sancionador, y correos devolvía las notificaciones indicando que no le constaba el domicilio, el cartero me explicó que como era ilegal la construcción no estaba registrado el domicilio en correos.
Trabajo en un Ayuntamiento y no es raro que la gente ponga numeros en las puertas sin que se tramite el expediente necesario, que entre otras cosas, conlleva comunicar al padrón de habitantes y a correos el nuevo número, con lo cuál a correos no le constan oficialmente, aunque el cartero lleva la correspondencia porque conoce a quien va dirigida.
En la LOFAGE, en sus disposiciones finales, creo, viene el régimen de correos, ahí igual pone algo de cómo debe actuar la entidad en casos como los que te comento y pudiera ser que fuera el tuyo.
Hola el tema es el siguiente a ver como lo veis, mando un burofax a una compañía de seguros con el fin de reclamar y romper el plazo de prescripción, resulta que correos me dice que el burofax no se ha entregado por domicilio desconocido, lo cual es falso dado que he comprobado fisicamente dicho domicilio. Ahora como la deuda respecto a la cia ha prescrito quiero demandar a Correos por daños y perjuicios por su mal funcionamiento ¿algún problema, sería via civil? gracias