Buenas. . Mis inquilinos se han ido y me han dejado de pagar el ultimo mes asi como los suministros. Ya dejarin de pagar los 2 ultiimos meses me dijeron que lo hacian con la fianza. Tengo entendido que al ser una cantidad menor de 2000euros puedo reclamarlo yo sin necesidad de abogado. Alguien me puede explicar como debo hacerlo y si lo puedo hacer por internet porque no estoy residiemdo donde esta el puso.
La situación no es sencilla, pero uno no se rinde tan fácil. Tiene la ley de su lado, y aquí estoy para echarle una mano y mostrarle cómo hacerle frente.
Primero: meta mano al contrato de arrendamiento. Que no se le pierda, ya sea en papel o en algún rincón digital. Si no tiene copia, dele un toque a su inquilino, que no le quede duda de que le toca enviársela.
Luego viene la aritmética: sume lo que le deben, incluyendo el último mes y los gastos de suministros. Apunte bien los detalles, cada fecha y cada cifra.
Ahora viene lo serio: puede interponer una demanda en línea, a través del Tribunal de Justicia de su Comunidad Autónoma. Va a necesitar cumplir con lo que pide la ley, que es sencillo: datos del contrato, la cantidad que reclama y la fecha de vencimiento.
Sobre la tasa, ni se preocupe. La puede pagar en línea, o si le pilla de camino, en la misma oficina del tribunal.
Al presentar la demanda, le llegará una notificación con la fecha y hora de la audiencia. Esa es su oportunidad de llevar las pruebas y exponer su caso. Si la deuda no rebasa los 2000 euros, se libra de contratar a un abogado. Puede hacerlo usted mismo.
¿Y la distancia? Olvídelo. Puede seguir todo en línea, desde la primera hoja de la demanda hasta el último trámite. Así que adelante, amigo. No baje la guardia; va a recuperar lo que es suyo. ¡Suerte!
Muchas gracias. Pero es sencillo hacerlo yo solo por internet? Es que no se si por el.importe que me deben me sale a cuenta recurrir a un abogado. En total son 800 euros de alquiler mas 100 de suministros y 100 de roturas varias cristal puerta manetas etc. Calculo que sobre 100 euros. No resido en el lugar donde tengo el piso y no se como hacerlo por internet y si puedo hacerlo todo por ahy y si sabre hacerlo. Es sencillo? Gracias
Para iniciar un Juicio Verbal se ha de presentar un escrito de demanda. Cuando se trate de una reclamación de cantidad que no exceda de 2.000 euros se podrá formular una demanda sucinta, pudiendo utilizar al efecto los impresos normalizados que se encuentran a su disposición en los Juzgados o que puede descargar de la página Web del Consejo General del Poder Judicial con el fin de facilitarle dicha labor.
En la demanda ha de hacer constar:
1. Sus datos personales y de identificación, así como el/los domicilio/s a efectos de notificación. Es muy importante que aporte también el número de teléfono y/o una dirección de correo electrónico, ya que estos datos permiten que las comunicaciones sean más ágiles.
2. Los datos personales y demás circunstancias de la/s persona/s o entidad/es contra la/s que se dirige la reclamación, así como el/los domicilio/s en que pueda/n ser citada/s, pudiendo designar como tal/es:
el que aparezca en el padrón municipal.
el que aparezca en Registro oficial o en publicaciones de colegios profesionales, si se tratare de una entidad o empresa o un profesional colegiado.
donde desarrolle su actividad profesional o trabajo no ocasional.
donde pueda ser localizada.
el domicilio del administrador, gerente o apoderado (si se demanda a una empresa mercantil) o el del presidente, miembro o gestor de la Junta de cualquier asociación que apareciese en un Registro oficial.
Como en el apartado anterior, será muy útil que aporte también los teléfonos y/o direcciones de correo electrónico.
3. De forma breve, los hechos o motivos en los que se basa su reclamación.
4. La cantidad que reclama y, en su caso, los intereses y las costas.
DOCUMENTOS
Con su demanda deberán acompañarse todos los documentos en los que funde su derecho a la tutela judicial que pretende. Éstos pueden ser: facturas, recibos, dictámenes, informes, medios de reproducción de sonido e imagen u otros electrónicos. De este modo únicamente podrán aportarse nuevos documentos en el acto de la vista, de manera excepcional, en los supuestos previstos en el art.270 de la LEC. Si se trata de documentos públicos, podrán presentarse por copia simple. Si la parte contraria impugna su autenticidad, podrá llevarse a los autos original, copia o certificación con los requisitos necesarios para que surta sus efectos probatorios. En el caso de que sean documentos privados, deberá presentarlos por original o mediante copia autenticada por funcionario/a competente. Si sólo dispone de copia simple, podrá presentar ésta, que surtirá los mismos efectos que el original, siempre que su validez no se cuestione por cualquiera de las otras partes. COPIAS Con la demanda habrá de presentar tantas copias de la misma y de los documentos como personas o entidades contra las que se haya dirigido la reclamación.
En las demandas de reclamación de rentas impagadas en arrendamientos de inmuebles, el escrito o impreso de demanda deberá presentarlo en el Juzgado de Primera Instancia del lugar en que esté sita la finca.
Si dispone de certificado electrónico o DNI digital puede presentar la demanda en la siguiente dirección electrónica.
Hace poco he asistido a un juicio en el que la otra parte presentó demanda electrónica (era una mujer), y me la comí en la vista, porque el Juez no pudo ayudarla, y no sabía qué decir ni hacer. Es la segunda vez en toda mi carrera que alguien trata de hacerme frente sin conocimientos. Lo lógico es que les vaya muy mal, y encima les condenen a pagar costas por el criterio del vencimiento.
Vaya muchas gracias. Y cuanto se suele pagar de costas? Osea,que si reclamo 1000 euros entre pagar abogado y costas no me sale acuejta no? Es muy complicado