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Reclamaciones tras entrega de llaves

3 Comentarios
 
Reclamaciones tras entrega de llaves
17/12/2013 20:20
Saludos a todos los usuarios y lectores de Portico Legal.

Expongo a continuación mi caso, mis dudas y consultas, muchas gracias por vuestro tiempo de antemano.

Entré a vivir como inquilino utilizando el contrato que ofrece el Plan Alquila de la Comunidad de Madrid. Por motivos económicos me vi obligado a dejar aquel alquiler para buscar otro más económico. (Tres años después, el contrato se renovaba cada Enero)

Siempre trato de cuidar los pisos en los que vivo porque me gusta tenerlos en buenas condiciones, cuidandolos, arreglando desperfectos e incluso en ocasiones mejorando las calidades con mi esfuerzo y/o bolsillo. (Siempre con permiso claro está)

Por motivos personales solicité dejar el piso con 15 días de antelación, dandole opción al casero de cumplir el mes completo si lo necesitase. El arrendador se lo pensó unos días y finalmente accedió.

Hicimos la entrega de llaves y firmamos un documento acreditando que el piso estaba en buenas condiciones y que ambas partes estabamos conformes. Con la única excepcion de los electrodomésticos que serían revisados por el propietario y si algo estuviese mal podría notificarlo y/o reclamar en las siguientes 48 horas.

Ha pasado un mes y varios días desde la entrega de llaves. Desde entonces solo está pendiente la devolución de la fianza por parte del propietario. Éste nos indicó que estaba esperando a que la Comunidad de Madrid le devuelva el importe de la fianza para devolvermela a mi, y que le dijeron que tardarían en darsela más de un mes.

Teniendo en cuenta que el trato había sido siempre cordial decidí fiarme y esperar. De hecho todavía estoy esperando. El problema viene cuando al llamarle para preguntar si se sabe algo de la fianza el propietario me comenta sutilmente que hay ciertos aspectos que quiere que yo tenga en cuenta. Aspectos como que debería haberme pasado el cobro del impuesto de residuos (basuras) - tengo que revisar el contrato porque creo que eso correspondía al propietario - como que le di poco tiempo a la hora de abandonar el piso (el aceptó esa fecha), que hay pequeños destrozos en el piso y que yo tenga en cuenta su buena fe de no cobrarmelos etcétera. (También insinúa que le falta cableado del domicilio).

Ahora empieza a preocuparme la idea de que esté intentando eludir la devolución de la fianza o bien que esté buscando la manera de reclamar algún pago de donde pueda.

Mis dudas son:

- ¿Puede reclamarme pagos y/o destrozos si firmó el documento el día de entrega de llaves y ha pasado más de un mes?
- Me recomiendan que le solicite por escrito la devolución de la fianza más intereses. ¿Eso sería lo correcto?
- ¿Por qué ahora comienza a intentar demostrarme su "buena fe" si en ningun momento se le ha cuestionado?

Gracias por vuestra experiencia.
Un saludo.
17/12/2013 21:39
Si con la entrega de llaves se firmó un documento en el que se manifestaba el buen estado de la vivienda, dejando únicamente un plazo de cuarenta y ocho horas para la revisión de los electrodomésticos, no procedería la retención de la fianza por parte del inquilino.

Respecto a la tasa de basura corresponde, ciertamente, al inquilino; ahora bien, sería discutible su reclamación si el contrato ya quedó resuelto.

En cuanto a la petición por escrito, no es necesaria pero dada la situación que parece va a producirse, también a usted le interesaría dejar constancia de ello.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
Mottayl.abogados@gmail.com
17/12/2013 21:45
Gracias por su respuesta Motta&L.

¿Cuál es la situación que deduce pueda producirse?

Respecto al pago de las tasas de basura, tengo pendiente revisarlo en el contrato de la CM. En caso de que apareciese que debía pagarla el inquilino y nunca se le solicitaron dichos pagos, ¿Se le podría obligar al pago de esas tasas correspondientes a los tres años que llevaba alquilado en el domicilio?

Gracias de nuevo.
17/12/2013 22:40
Ya he podido revisar el contrato de la CM y aparece que tiene que abonar la tasa o prestación de servicio de gestión de residuos urbanos la parte arrendadora, es decir el casero (propietario).

En ese punto me quedo más tranquilo porque entonces no puede reclamarla. Lo expongo aqui por si fuese de utilidad para añadir información a lo comentado anteriormente.