Buenos días,
Mi tío se divorció hace 10 años.Vivian en casa de alquiler de un familiar de su exmujer,y como propiedad tenían una casa en el pueblo. Casa que el terreno fue una donación de mi abuelo y la construyeron juntos.Acordaron que mi tío se fuera d la casa donde residía la familia y la propiedad se la quedara él ya que iba a ser para los hijos. Fue un acuerdo verbal,no figura en la sentencia de divorcio. Mi tío que es de aquella manera no cambió las escrituras en ese momento y figura aún su exmujer. Después de 10 años ahora reclama la parte de la casa. Mi consulta es si tiene validez el acuerdo verbal de su día y se puede probar al pasar tantos años sin reclamar. Ella en su día fue infiel y por no decirle a sus hijos puso en contra a sus hijos a mi tío y al resto de la familia. Empezando justo a tener contacto con nosotros antes de que se haga esta reclamación. Por lo que entiendo que se entiende que hasta ahora pensaba que continuaba el acuerdo y no figuraba la casa.
Por otro lado el terreno era de mi abuelo para su hijo( dejando herencia en vida). Me gustaría saber si existe alguna opción para luchar.
Gracias de antemano,un saludo.
El acuerdo verbal según lo entiendo en el contexto es que se iría a vivir allí y se quedaba ella en el de alquiler, que es una decisión de ellos perfectamente válida y razonable, pero no es ningún acuerdo de "propiedad". Los acuerdos verbales no son válidos cuando se trata de inmuebles; esta es una excepción explícita a la validez de los acuerdos verbales, para ser válidas las transmisiones inmobiliarias debe haber un documento escrito. En su momento es que aun si tu tío "no fuera de aquella manera" tampoco podría haberlo puesto a su nombre sin liquidación de gananciales o sin escritura de donación, no podía ir y ponerlo él a su nombre sin más. No puede quedarse con algo que es de los dos (y menos un inmueble) sin una contraprestación con otros bienes gananciales, o sin declararlo como donación.
Si la donación de ese terreno por parte del abuelo en su momento fue a la sociedad de gananciales, y no al sobrino de forma privativa, es una propiedad ganancial, que entiendo además que la vivienda se construiría también con dinero ganancial, ¿no? Por tanto es ganancial.
Se podría quizá discutir el porcentaje de propiedad en función a esto último, si el terreno exclusivamente, y no la vivienda, es privativo o ganancial. Si es privativo, habrá una mejora con dinero ganancial de una propiedad privativa que habrá que tener en cuenta, por lo que de alguna manera habría que calcular el coste de la construcción frente al del terreno de cara a liquidar los gananciales, y le correspondería a la ex solo el coste de la construcción. Si en cambio es ganancial es al 50% sin más consideración.
Aquí según qué hubiera, porque claro, las herencias son privativas, pero no existen formalmente las "herencias en vida", las herencias son siempre post mortem, lo que habría sería una donación (colacionable, si había otros hermanos), y el quid estará en esa donación.
Pero vamos, en principio mientras no se argumente otra cosa es que tiene ella toda la razón legal, si se les donó a los dos, y se construyó entre los dos. Que por acuerdo entre ellos viviera allí no equivale a ninguna transmisión patrimonial.
Me divorcié a mediados del año 2020 tengo sentencia firme desde entonces. Me fuí a un piso de alquiler durante un año y medio aproximadamente. A mediados de 2022 me fuí con mi nueva pareja a vivir de alquiler, y en Abril del año pasado nos casamos.
El convenio regulador de entonces indica que no se podrá vender el domicilio que hay en común con la madre de mi hija (tiene 20 años) hasta que esta no alcance la independencia económica.
Yo necesitaría mi parte proporcional del domicilio en cuestión, y poder comprarnos un piso de propiedad con mi actual pareja.
Mi hija va a la universidad y le quedan dos años y medio para terminar la carrera (que estamos pagando al 50% entre su madre y yo). Mi hija tiene un trabajo fijo a tiempo parcial, pero dicho por ella no quiere trabajar, solo quiere hacerlo los veranos.
Sé que se le podría enviar un burofax a mi ex pareja mediante un abogad@ para intentar que acceda a la venta del domicilio, o que ella me comprara mi parte.
El domicilio tiene un precio de mercado actualmente de 540.000 euros aproximadamente y se debe a día de hoy 115.000 de hipoteca. Todo lo paga ella, aunque a la hora de que se venda yo debo abonarle el 50% de las cuotas que ha pagado hasta la fecha. (Soy consciente que no es excusa, pero me fuí de ese domicilio a cualquier precio y no poner fin a mi vida como pensé)
¿Es viable hacerle la propuesta de venta a mi ex pareja y posiblemente entrar en un contencioso?
Hay un acuerdo que hay que respetar, plasmado en sentencia judicial (por tanto público y ejecutable con todas las garantías), que estipula una carga sobre esa vivienda. No vas a "poder" venderlo si no es de mutuo acuerdo; siempre podrías vender tu parte a un tercero pero permanecería la carga sobre el uso de la vivienda para el comprador por lo que o te lo compran a precio de ruina o lo dicho, no vas a poder venderlo.
Que no aparezca la hija (aparece su independencia económica como plazo de finalización) es poco importante en virtud del art. 96 del código civil, está implícito. Que no quiera trabajar a tiempo completo, si todavía tiene 20 años y está estudiando en la universidad, pues me parece lo más normal del mundo.
El acuerdo sigue siendo válido, tendrás que esperar hasta que sea independiente económicamente, salvo acuerdo con tu ex.