Suelen constestar. Aquí te copio lo que viene la web del INEM:
Formulada una reclamación previa, el SPEE deberá contestar expresamente a la misma en el plazo de cuarenta y cinco días. Si trascurre ese plazo sin una resolución expresa, se entenderá denegada la reclamación por silencio administrativo.
Si la reclamación previa es desestimada se abre la posibilidad de presentar una demanda en vía judicial.
Referencia normativa: Art.71.4 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por R.D. Legislativo 2/1995, de 7 de abril.
Hola, patatinpatatero... han hecho caso de la reclamación previa y ya tengo comunicación de que conceden el subsidio de desempleo hasta que cumpla 62 años... y desde la fecha en que entregue la solicitud..