Se presenta reclamación vía abogado a una empresa constructora para que arregle obras defectuosas realizadas hace más de 2 años.
Previamente, en ese tiempo, ha habido contactos telefónicos, por whatsapp y correos electrónicos con dicha empresa para que subsane los defectos, pero tras dar varias veces "largas" diciendo que irá a realizar los trabajos, finalmente no atiende llamadas por lo que se reclama vía abogado.
La empresa dice ahora que el reclamante debe pagar un iva de la última factura emitida y que atenderá la subsanación de los defectos.
El reclamante alega que pagó todas las facturas que le presentó la empresa en su momento.
¿Puede argumentar ahora la empresa de construcción, tras más de dos años y como estratagema, que no se pagó iva de alguna de las facturas emitidas? Desde 2019, fecha de realización de las obras, la empresa sólo ha ido dando "largas" diciendo que ya iría a subsanar los defectos (lo que nunca hizo) y jamás dijo nada de lo de iva pendiente (pues todo se pagó en su momento).
¿Puede presentar la empresa constructora alguna factura falsa reclamando su iva con tal de justificar su falta de atención al reclamante durante todo este tiempo?
¿Cómo defenderse de estas prácticas?