Resulta que el día 20 de junio del año pasado, escrituré una vivienda nueva que me entregaron con cuatro meses de retraso a la fecha de entrega que figuraba en el contrato de compra-venta. En éste figura una cláusula donde dice que en caso de mora, tendría derecho a una indemnización de los derechos legales más dos puntos sobre el capital entregado hasta la fecha.
Mi pregunta es:
Prescribe el derecho a reclamar indemnización por esa cláusula? pues ya va a cumplir un año el día 20. Debo enviar un burofax para reclamarla?
…dicha estipulación quedó sin efecto en el momento en el que se produjo el otorgamiento de la escritura pública de compraventa ya que la misma supuso una novación de los términos establecidos en el mencionado contrato.