Hola,
tengo incoado un juicio de faltas debido a unas lesiones corporales que sufrio mi cliente cuando un vehiculo le colisiono por detras, solicite que la reconociese el medico forense para que realizara el informe de valoracion; pero este ha sido muy perjudicial para mi clienta pues le pone 35 dias impeditivos cuando ella estuvo 90 dias de baja.
mi pregunta es ¿seria mejor solicitar archivo de este procedimiento que aun no se le ha dado traslado a la parte, y abrir uno en la via civil?
tengo muchas dudas pues no se si impugnar el informe y aportar uno de parte o cerrar este procedimiento e irme a la civil aunque tardaria mucho mas tiempo
creo que no lo he explicado bien, quiero decir que el forense solo reconoce 35 dias de curacion siendo los 35 de incapacidad para sus ocupaciones habituales.
Pero tiene una baja laboral de 90 dias.
Es decir el forense reconoce menos dias de curacion que los que ha reconocido la seguridad social.
Esto es bastante común, pero no sólo que el forense entienda que los noventa días no han sido impeditivos y dé x como impeditivos y el resto como no impeditivos, sino que da lo que estima oportuno sin ceñirse a la baja/alta laboral.
Respecto a tirar ahora por lo civil, pienso que ese informe forense ya estará en el atestado a disposición de la aseguradora contraria y que bien podría utilizarlo en el procedimiento civil, aunque quizá me equivoque.
Lo repetido en muchos casos similares la gente se piensa que por mucho alargar la baja laboral o medica, peor sera su accidente y mas dinero obtendrán.