El 28/enero de 2010 firmo el contrato de compra/venta de una vivienda, figurando la promotora al corriente de los pagos, a los dos meses la promotora entra en concurso de acreedores, situación que se liquida en septiembre de 2019, desapareciendo la misma.
Ahora mi ayuntamiento me reclama el IBI de 2010, acogiendose a Ley de Haciendas Locales y en la Ley General Tributaria y alegando que el plazo del pago no ha prescrito por estar la promotora en concurso de acreedores, cambian la titularidad del recibo a mi nombre y me reclaman el pago del mismo.
Mi duda es si tengo algún argumento legal para presentar una reclamación en el ayuntamiento, solicitando la devolución del recibo.