A ver, la acción es la de reclamación de cantidad. Ha pagado a un tercero una deuda solidaria y puede ahora reclamar al resto de deudores. No tiene mucha enjundia. Evidentemente y mientras se mantenga la situación de insolvencia y proindiviso con crédito hipotecario pendiente de amortizar no tendrá efectos prácticos.
Lo de reclamar el 50 % de la propiedad, a salvo de lo que haya pagado tu defendidio, parece encajar en lo que se llama insostenibilidad de la pretensión. Y es que te recuerdo que el cliente puede querer algo absurdo o imposible y es labor del letrado advertirle de su error.
Morinelli, mi cliente me ha sido asignado por el turno de oficio y lo que me pide es que quiere reclamarle a su expareja el 50% de lo pagado por el, en concepto de hipoteca o reclamarle el 50 % de propiedad que tiene sobre el piso su expareja.
En base a esto pido opiniones sobre como traducir esta pretension en acciones.
Lo que se podría hacer es reclamar la división de la cosa común, en la misma demanda (mejor) o en ejecución de sentencia habría que pedir que el precio se reparta en función de las aportaciones realizadas por cada uno.
Tengo un cliete que en su dia compro una casa junto con su pareja (nunca han estado casados) al principio la hipoteca que esta a nombre de los 2 la pagaban desde una cunta conjunta a pesar de que ella no aportaba nada a la misma por que nunca ha tenido ingresos, cuando se separaron mi cliente se abrio una cuenta solo a su nombre desde la cual ingresa en la comun lo justo para hacer frente a la hipoteca.
El caso es que ahora quiere reclamar a su expareja el 50% de lo pagado por la hipoteca y subsidiariamente la cesion del 50% de propiedad que tiene ella sobre el inmueble.
La mujer al parecer es insolvente, que accion pensais que debo ejercitar en este caso? Gracias.