Os Agradecería una consulta sobre cuentas bancarias; ¿ alguien sabe si se puede reclamar una apropiación indebida de fondos de una cuenta, por parte de otro heredero, habiendo acreditado en la oficina bancaria la adjudiccion de herencia, pasados unos años desde la fecha del fallecimiento del titular y de la apropiación a posteriori?
En este caso, el banco no tiene ninguna responsabilidad, al ser la cuenta indistinta, pero,
¿ se le puede requerir, como particular, a que acredite de la disposicion de fondos de uno de los herederos, sin el consentimiento del otro, habiendo sido únicamente el titular fallecido quien aportaba fingresos regularmente ?
qué pasos habría que seguir, para "obligar" al banco a facilitar esa informacion, sin requerimiento judicial ?
¿ Se podria considerar como ilícito penal ? o por el contrario, por via civil ?
Agradeceré respuestas. gracias.