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reclamación fianza

2 Comentarios
 
06/09/2011 21:22
Si, pero también la normativa dice que el pago obligado es del arrendador, y que podrá repercutirse al inquilino siempre y cuando exista un pacto por escrito en el que aparezca la cantidad anual que hay que satisfacer. Que pueda repercutirse no significa que deba hacerse unilateralmente y sin aviso no?
06/09/2011 11:39
Pues yo creo que te corresponde pagar esas tasas, ya que la normativa de esa tasa dice que será sujeto pasivo los "que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por los servicios o actividades locales que presten o realicen las entidades locales".

En ese caso eres tú el beneficiado, no el arrendador, por lo que creo que te tocaría pagarlo a tí.

Salvo mejor criterio.
Reclamación fianza
06/09/2011 09:32
Hola, hace poco me han ingresado (con 10 días de retraso) la fianza tras la resolución del contrato de alquiler. En dicha liquidación me han descontado las tasas de basuras (madrid capital) correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011. En ningún caso durante los cinco años que ha durado el alquiler se me informó de que esa tasa debía pagarla yo, en el contrato no consta nada que pueda interpretarse como que futuras tasas (puesto que en el momento de la firma no existía este impuesto) correrían a mi cargo. Puedo reclamar dicha cantidad, ellos dicen que el ayuntamiento de Madrid dice que pueden repercutir esa tasa en el inquilino, pero para hacer esto no tiene que pactarse antes? o informar al inquilino? pueden cobrarme 3 años de este impuesto de golpe y sin avisar? Muchas gracias