Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reclamación del banco

5 Comentarios
 
30/10/2021 11:53
elminster
buenos dias,compañero elminster,gracias a tu respuesta,y para concluir debo decirte,que no poseo bienes de indone alguna,ni cuentas bancareias,solo y unica en la que recibo la paga,no poseo mas nada,por mas que indagen no encontraran nada......pero aun asi estoy cauto,porque se puede esperar cualquier cosa.......pero bueno de momento la ley me ampara........gracias y buen finde,tengas...
29/10/2021 19:24
pope57
Hola,

Pueden ejecutar embargo pero con los límites del 607 LEC, por lo que el juzgado no debería instar el embargo de la pensión. No obstante, sí que pueden trabar otros bienes y derechos que tengas, como pueden ser cantidades dinerarias en cuentas a la vista o devoluciones de hacienda.

Un saludo.
29/10/2021 11:53
buenos dias,he recido notificacion que van a pedir a las distintas administraciones si poseo bienes a mi nombre para ejecutar embargo por si lo hubiere,debo decir que lo unico que tengo a mombre es una pension no contributiva de 325,sumado a la unifad familiar hace un total de 714 euros mes,pueden ejucutar embargo una vez comprobado que no tengo nada.......buenos dias y gracias.atte pope57
06/08/2021 08:57
En mi banco de muchos años, me han devuelto todos mis pagos domiciliados habiendo fondos suficientes. He solicitado via burofax explicación sin que haya tenido respuestas. Cabe demandar con posibilidad de éxito por daños y perjuicios?
30/07/2021 01:37
1.- Si cuando dices "traspaso" en realidad quieres decir "transferencia", sólo los titulares (o autorizados) de una cuenta bancaria pueden ordenar al banco que se efectúe una transferencia.

2.- Si cuando dices "traspaso" en realidad quieres decir "adeudo", tienes una plazo de casi dos meses para ordenar al banco la devolución del adeudo (abono en tu cuenta del importe adeudado)
Reclamación del banco
15/06/2021 09:17
Hola, llevo luchando con esto desde el año 1995. Resulta que me condenan a pagar una cuantía 500000 pesetas. Dicha cuantía la pago según me llega del juzgado. Año 2005, me vuelven a reclamar dicha cantidad. Me contacto con mi abogado y le explico el tema. Llega a un acuerdo con el abogado de la parte contraria que está firmado en el cual me quedo libre de deuda, dado que ya había pagado.
Cual es mi sorpresa cuando veo un traspaso en mi cuenta que yo no había hecho el día 09/06/2021. Llamo al banco para que me lo expliquen y me dicen que es de una deuda pendiente de una tarjeta de FINANZIA perteneciente a la deuda anteriormente mencionada.
Que debo hacer ahora? porque no se cansan.