Buenas tardes, una amiga mía prestó la cantidad de 1000 euros a su ex pareja hace dos años de forma verbal sin firmar ningún tipo de documento, y a día de hoy todavía no se lo ha devuelto.
Yo soy estudiante de Derecho y me he ofrecido a ayudarle, pero la verdad le he dado muchas vueltas y no sé por dónde coger el caso. El dinero se entregó en mano, no hubo ningún movimiento bancario. Había pensado, en lugar de demandar, hacer un escrito dirigido al deudor exponiéndole el caso y las vías legales que se podrían tomar en caso de impago.
Y en cuanto a lo relativo a los intereses, ¿son exigibles y, desde cuándo?.
Gracias de antemano.
Ángela, lo que no está escrito no existe. Si envías un requerimiento al deudor para que pague, y él reconoce la deuda, tienes algo; pero si no contesta o no la reconoce, ni te molestes en seguir adelante, y pásalo a fallidos. Las deudas han de estar muy bien documentadas, o cuanto menos constatadas en traspasos bancarios: no valen testigos, no vale la palabra del acreedor y no valen las circunstancias biográficas ( vgr.: "de dónde iba a sacar el dinero para comprarse eso?").