Hola. Cuando por el arrendador y el arrendatario se ha firmado un documento privado por el cual el arrendatario devuelve la propiedad al arrendador del inmueble arrendado, pero sin indicar que se resuelve el contrato... ¿Hay que solicitar el desahucio-resolución del contrato?
Se han dejado de abonar las rentas y pretendemos reclamarlas hasta la entrega de la posesión, pero claro, si solo reclamamos rentas, por la cuantía nos vamos al ordinario.
La cuestión es si se puede o debe plantear el desahucio.
Gracias por tu respuesta, Jan.
En el documento simplemente se puso que se entregaban las llaves y que se daba la posesión al arrendador, nada de resolver el contrato, pero entiendo que el contrato está resuelto de forma implícita.
Hola Edoryl. Gracias por aportar más datos. Conforme a los mismos se puede afirmar que el contrato ha sido resuelto ya que ha habido entrega de las llaves y posesión al arrendador. Si en la citada fecha existían rentas pendientes de pago podrá usted reclamarlas en el Juicio Declarativo correspondiente.