Buenas tardes,
En 2012 firmé el contrato de alquiler de la vivienda en la que actualmente vivo. En este contrato se fijaba el precio de alquiler en 500 euros mensuales para el primer año y en 550 euros mensuales a partir de abril de 2013.
Cuando llegó abril de 2013 y se cumplia un año del contrato yo esperaba que el casero me indicara el importe actualizado de la renta, sabía que el IPC había bajado y que no me correspondía pagar los 550 euros, sino un poquito menos. Hablamos en varías ocasiones y no me cominicó nada por lo que me transferencia seguuía siendo de 500 euros mensuales.
Hoy, después de casi 5 años de contrato, nos escribe diciendonos que desde el segundo año de contrato el alquiler se estableció en 550 euros, que lo tuvieramos en cuenta para la siguiente mensualidad y que ya veríamos como le pagabamos el dinero que le debemos desde abril de 2013.
¿Puede reclamarnos ese dinero ahora? Aunque en el contrato se estableciera debería de habernoslo comunicado antes porque de haberlo sabido nos hubieramos cambiado de piso antes.
Si alguien me puede ayudar se lo agradecería son casi 2.000 euros que yo ahora mismo no tengo para pagar.
Mcuhas gracias.
No puede reclamarle ese importe por varios motivos:
1.- el primero es que esa subida de 500 a 550 en el primer año es completamente ilegal. En esa época lo más que podía haberles subido es el IPC que estaba bastante por debajo.
2.- Además las subidas de la renta sólo pueden cobrarse de año en año y siempre y cuando se le haya notificado al inquilino. Como no es el caso no tiene por qué pagar. Así de fácil.
pero si es bastante común que en el segundo año el aquiler se pacte con un precio más elevado, y a partir de ahí aplicar el IPC a la baja o al alta. es decir, el precio del segundo año, puede ser o actualizado al IPC o porque se pacte entre las partes otro precio superior ( normalmente para facilitar el primer año de alquiler se suele dejar el primer año más bajo).
Yo quisiera saber, al respecto del segundo punto, no pueden reclamarte regularizaciones de periodos anteriores en una factura posterior? yo pensaba que si.
brendaa:
1.- lo primero que dice es verdad, pero sólo para los contratos posteriores al 6 de junio de 2013. El contrato de la consultante es anterior y por eso he dicho que en su caso no se podía.
2.- Lo segundo no es posible o al menos matizable. Si ha habido un error aritmético si es posible, pero si se le ha pasado notificarle la subida del IPC pactada en contrato entonces ya no, porque este segundo error sería de derecho, no de hecho como el aritmético.
Buenas noches,
En primer lugar muchas gracias por las respuestas, quería retomar la consulta.
Finalmente acordamos con el dueño pagar los 550€/mes a partir del momento que nos hizo la reclamación (aunque no coincidiera con el inicio de la anualidad y no nos lo comunicara por escrito). Como los 5 años de contrato llegaba a su fin también acordamos firmar un nuevo contrato en el que ya se reconociera esa renta mensual, olvidando el tema de no haber pagado esos 50 € mensuales antes, que como ya dije no nos comunicó en su momento.
Ahora hemos dejado el piso porque él lo necesitaba para su hija y nos ha mandado un burofax para reclamar los 50 € / mes que ya nos reclamaba en el momento que escribí el primer mensaje, ¿tiene derecho a hacerlo? En el momento que firmamos este último contrato se acordó dar por zanjado ese tema, de hecho esa era la razón de firmar un nuevo contrato pero en ese momento no se firmó ningún documento en el que se dijera que no debíamos nada, lo dábamos por hecho porque nadie firma un nuevo contrato si a su criterio se le debe renta del contrato anterior. No entiendo el ahora te lo reclamo ahora no, de hecho de haber sabido que iba a seguir con el tema no hubiéramos firmado este nuevo contrato.
Nosotros hemos pagado todos los meses sin retrasarnos en ninguna mensualidad y hemos cumplido con el plazo que nos dio para desalojar la vivienda, lo que deja claro nuestra buena fe.
¿Qué debemos hacer ante este burofax? Sería conveniente contratar a un abogado para que le diera respuesta ¿puede reclamarnos este dinero por vía judicial? Muchas gracias por su ayuda.
1.- Igual que antes no podía reclamar esos 50 no cobrados, ahora tampoco. El casero puede intentar reclamarlos via judicial pero perderia ese pleito con toda seguridad.
2.- El casero si puede reclamar para su hija la casa y tendrán que irse.
El asunto es simple por lo que no veo necesite ningun abogado. Vaya buscando otro piso y ya estñá.
Hola,
Muchas gracias por su ayuda.
El piso lo dejé hace casi dos meses cumpliendo el plazo que me dieron para irme. En cuanto al burofax, ¿qué me aconseja? ¿respondo o es mejor no responder? Gracias