Buenas tardes, soy novata y es la primera vez que se me plantea lo siguiente: el cliente solo me ha pagado la mitad de la minuta, como puedo reclamarle la otra mitad? por jura de cuentas o mediante procedimiento monitorio? muchas gracias de antemano.
El procedimiento es una jura de cuentas. Se interpone en el mismo juzgado que conocio del asunto.
Hoy en dia es muy habitual. Yo siempre mando primero un burofax reclamando la deuda. Suerte