Partimos de escrituras de particion de herencia, yo soy legatario y el contador dispone me entreguen una propiedad , 5000 por la estricta y 1500 euros por disolucion de comunidad hereditaria. Y no dan señales de vida. Lo solicito por procedimiento monitorio, por via civil o por via penal? y la segunda pregunta es si lo puedo pedir primero los 5000 y luego los 1500 o viceversa. Gracias a quien me responda