En mi opinión no es tan relevante la existencia de esa cláusula como la posible o no existencia de un documento de fin de contrato donde se refleje el estado de la vivienda en el momento de la entrega, si existe una nexo con fotografías de la misma en el momento de la firma del contrato de arrendamiento, si existen fotografías del estado actual después de las reparaciones,etc..
Por ello creo que la mejor solución es que un abogado valore lo anterior más toda la documentación existente.
De esto sabrán más en el foro de derecho fiscal, pero yo creo que no, que las facturas deben ir a nombre de quien encarga el trabajo.
Otra cosa es que usted le pida factura al casero, pero no creo que sea el caso porque el casero no es un profesional de la albañileria. Yo creo que en su caso lo único que necesita es el resguardo de la transferencia y si acaso guardar las facturas a nombre del casero que éste le habrá enviado para probar el importe del trabajo que se ha hecho.
Si luego el casero declara o no su ingreso a Hacienda es algo que tendrán que dilucidar los de la AEAT, pero no creo que sea su problema.
De todas formas como le digo pregunte en el foro de Derecho Fiscal de esta misma página.
Permitáme que le pregunte una cuestión más que me surge. ¿Las facturas no deberían estar a mi nombre? Según tengo entendido él puede desgravar estos gastos en su declaración de la renta.
1.- Su riesgo sería que le condenaran en costas. Si el casero vive en la misma localidad que aquella en la que está la vivienda alquilada entonces la condena deviene inefectiva, pero si no ocurre lo anterior le podrían condenar en costas y el casero tendría derecho a cobrarlas.
2.- El plazo para reclamar son 5 años, pero cuanto antes lo haga mejor.
En el caso de que yo denunciara y se le diera la razón a él, ¿tendría algún coste para mi? ¿Perdería yo algo además de tiempo? ¿Hay un plazo máximo para la reclamación de la fianza?
Sinceramente opino que con esa cláusula del contrato tiene usted muy difícil recuperar el resto de la fianza. Si es cierto que parece algo abusivo el importe de la limpieza y quizás el de la pintura, pero la cláusula va en su contra.
Yo que usted me quedaría quieto.
Le explico un poco mi caso a ver si pueden orientarme en este asunto. Trataré de ser breve.
En 4 días se cumplirán los 30 días que el propietario tiene para devolver la fianza. Me ha escrito diciendo que me devolvía sólo una parte de la misma debido a que la casa “no está en el mismo estado que se nos hizo entrega”. El piso fue limpiado por nuestra parte al dejarlo y no se comentó nada sobre este asunto el día de la entrega de llaves, que se hizo en la propiedad y el mismo comprobó que estaba limpio. Básicamente nos ha pasado dos facturas de dos gastos distintos:
Limpieza servicio urgente: 550€
Pintar todo el interior de la casa: 1300€
La fianza son 2600€ de los cuales ya me ha devuelto 750€ que ya tengo en mi poder, así que faltan 1850€. En el contrato de alquiler (14 de junio del 2019) existe la siguiente cláusula: “dejando acordado que los gastos de repaso de pintura y limpieza final serán de cuenta del arrendatario”.
Y también la cláusula: “La parte arrendataria … se comprometen y obligan a conservarla y devolverla en el mismo estado que la recibe, salvo el desgaste por el uso ordinario y transcurso del tiempo.”
Entiendo que “gastos por repaso de pintura” no implican que deba pagar la pintura de toda la casa. También me parece abusivo un servicio de limpieza urgente (con cristalero incluido) por más de 500€.
La casa tiene 49m2, de los cuales 7m2 son la terraza. La casa está cerca de la playa y es bastante húmeda, tras 3 años viviendo allí entiendo que es normal que no luzca igual. Yo no hice fotos en la entrega de llaves (error verdad?) pero la chica de la inmobiliaria sí. Mi intención es primero escribirle por email y que me justifique por qué un servicio de limpieza urgente (21 días después de dejar la vivienda, después de que él haya hecho obras) y que me mande las fotos que hicieron.
¿Puedo reclamar en este caso? ¿Al ser una cantidad inferior a 2000€ lo que falta de pagar, es necesario abogado/procurador? Lo pregunto por qué la fianza son 2600€, no sé si se tiene en cuenta la totalidad de esta o la cantidad que realmente reclamo (1850).
Estaría dispuesto a contratar un abogado si el precio es razonable, ¿que opinan?