Estimados compañeros, quiero pediros vuestra ayuda, quiero consultaros respecto a unis clientes que me proponen un caso.
Ellos tenían una fábrica funcionando año 1985, arrendaron mediante arrendamiento de industria o de empresa, donde se especifica que las mejoras se quedan para la propiedad, después de dos años de arrendamiento el inquilino registro una marca representativa del producto que fabrica y continuo con ella hasta la actualidad, hoy en día es muy conocida, los hijos de este hombre abrieron otra fábrica en otra población, y la marca esta registrada a nombre del hijo desde 1990, ahora el arrendatario fallece, y resulta que la fabrica ya no fabricaba nada porque él se había llevado maquinas a otra de otra población donde ejercía la actividad, y allí solo almacenaba. Mi pregunta es:¿mis clientes pueden reclamar la titularidad de esa marca como una mejora del negocio (en el contrato, se especifica que las mejoras quedarán para la propiedad) que se inició allí y estuvo varios años únicamente allí produciendose tal producto?, independientemente del éxito profesional del arrendatario, y visto que inicialmente era un arrendamiento de industria (especificando inventario), ¿no os parece que se ha llevado el negocio y no ha dejado nada?, es decir lo que se arrienda en el arrendamiento de industria es un conjunto de cosas, incluido los clientes, y alli no ha quedado negocio como tal, se han llevado los proveedores, clientes, personal, alguna máquinaria y la marca registrada. ¿es reclamable la marca? Gracias a todos, necesito ayuda, por favor dadme vuestra opinión.
Hola: En primer lugar, es necesario conocer el contrato detenidamente que sus clientes hicieron con el arredatario , toda vez ,existen multiples tipos de contratos de arrendamientos de industria o empresa para determinar exactamente el tipo , en cuanto se refiere a las mejoras , o sea, si los productos o servicios que hacian o prestaban tus clientes eran exactamente los mismos que los que harian los arrendatarios , asi como, si la maquinaria iba a ser la misma.
Por otro lado, hay que examinar si cuando se refiere en el contrato a las mejoras , se refiere a las instalaciones y maquinas o bien incluye otras cosas como la cartera clientes , registro de marcas, y nuevos productos .Por lo general , cuando esto se dice en los contratos se esta refiriendo solamente a las mejoras en las instalaciones ,equipamientos y maquinas que vengan a sustituir a las que tenia el arrendador, nunca sobre los nuevos productos ,marca y cartera de clientes nuevos obtenidos por el arrendatario a partir del arrendamiento, salvo haberlo recogido claramente y detalladamente en el contrato de arrendamiento, por tanto, se hace necesario estudiar detenidamente el contrato.
Por tanto, creo en principio que la marca de esos nuevo productos es de los arrendatarios y la pueden explotar en otras fabrica que han montado en otra población incluso los hijos , y hacer con ella lo que quieran ,lo que no quiere decir, que se les permita a los hijos tras el fallecimiento del padre arrendador haberse llevado la maquinaria que existia o la sustituida por otra mas moderna hasta el tiempo en que decidieron trasladar la fabrica a otra población , dejando la industria arrendada como mero almacen , sin elemento alguno ni maquinaria. Hecho que permitiria al arrendador, o sea , a su cliente , si esto fuera así, tras comprobación por inventario que dicen se hizo cuando se arrendo, resolver el contrato , asi como pedir los daños y perjuicios o bien reponer las maquinas he instalaciónes al menos al estado en que se encontraban cuando se arrendo o bien al momento en que se trasladaron a la otra población. pero no asi en cuanto, a reclamar derecho alguno a la marca, ni ha nada sobre la cartera de clientes y proveedores , si no quedo reflejado claramente en el contrato, mediante penalizaciones al arrendatario por la perdida de los mismos a la hora de resolución del contrato respecto a los que se cedieron a la fecha de iniciarse el mismo.
Sin mas ,espero haber resuelto sus dudas , no obstante nos tiene a su disposición para cualquier otra aclaración o consulta en el correo indicado mas abajo.