Te recomiendo ver lo que dice al respecto la Ley de Contratos con las Administraciones Públicas. De memoria creo recordar que hay derecho a a intereses cuando el retraso es mayor de 3 meses, pero hay que solictarlos de forma fehaciente. No obstante, puede que esto haya cambiado últimamente y ya no sean 3 meses sino menos.
Reclamacion de intereses retraso en el pago de la administracion
Buenos dias haber si podeis asesorarme un poco; Tengo adjuficado por contrato público a traves de licitación la prestación de un servicio a la administración, es decir, tengo un contrato público, que el pagador está incumpliendo en las fechas estipuladas de pago. Puedo solicitar intereses de demora a la administración, que porcentaje, quepasos he de seguir, he de requerirles de pago previamente. Haber si podeis ayudarme, gracias por adelantado