La referencia al recurso de reposición es para el caso de que quiera impugnar la admisión a trámite de la solicitud del procurador, pero usted no quiere hacer eso, sino oponerse a la solicitud del procurador. Así que formule oposición. No necesita abogado para oponerse a una jura de cuentas.
Creo que no procede en este caso la jura de cuentas porque es requisito que el poderdante sea moroso, y si nunca se le indicó cuánto tenía que pagar, usted no ha incurrido en mora. Sin embargo, la cantidad parece razonable (suponiendo que no le pagara nada al procurador en su día), y el plazo para reclamarle el pago es de tres años, si no recuerdo mal, así que probablemente tendrá que acabar pagando esa cantidad de un modo u otro.
Buenas tardes: despues de mas de un año de dictarse sentencia de divorcio el procurador ha presentado escrito(requerimiento) para que abone la cantidad de 371 euros en concepto de honorarios,siendo la primera vez que tengo conocimiento de dicho importe y de su obligacion de pago.En el juzgado cuando fui a recoger la documentacion referente a mi me dijeron que podia presentar un escrito si no estaba de acuerdo,en el documento pone recurso de reposicion,en otra parte oposicion.Me gustaria saber que tipo de escrito puedo presentar y en el caso de que sea recurso si necesito de abogado.Gracias.