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¿reclamación de gastos de abogado y procurador junto con cuotas debidas a la comunidad?

3 Comentarios
 
¿reclamación de gastos de abogado y procurador junto con cuotas debidas a la comunidad?
24/12/2016 20:41
Hola a todos.

Me estreno en el foro con una duda relacionada con la situación que me ha contado que está viviendo una persona cercana.

Por temas que no viene a cuento detallar (divorcio) los dos copropietarios (ex-cónyuges) de un inmueble, por falta de entendimiento, han ido generando una deuda de cuotas impagadas a la comunidad de propietarios.

Ahora se encuentran con que se lo reclaman judicialmente a través de un juicio verbal. Ninguno de los dos tenía conocimiento cierto de la existencia ni de la cuantía de la deuda. Ninguno de los dos viven ya en esa vivienda.

Tan pronto como se les ha notificado la demanda han pagado la deuda a la comunidad (al administrador de fincas que se la reclama en su nombre), de tal manera que han obtenido el compromiso de éste de solicitar el archivo de la demanda, incluso antes de que transcurra el plazo para contestar a la demanda. No sé exactamente si lo que va a pedir la parte actora es desistimiento, satisfacción extraprocesal o qué.

La cosa es que les reclaman a los propietarios, además de las cuotas impagadas, unas cantidades en concepto de gastos de abogado y de procurador.

Cuando me han consultado a mí, en mis limitados conocimientos jurídicos en esta materia, les he dicho que, en principio, el abogado y procurador sólo pueden reclamar sus honorarios de su cliente, no de terceras personas, y que a ellos sólo el juzgado les puede obligar a pagar las costas,en caso de condena.

Lo que yo creo, es que el abogado/administrador de fincas de la parte actora, sabiendo que si desiste no van a condenar en costas a los demandados. Las está intentado sacar por fuera del Juzgado. Y tengo serias dudas de si puede reclamar dicho pago.

Evidentemente si hay un acuerdo expreso en el sentido de que si no pagan esos gastos no desiste, entiendo que sería lícito. Pero aquí el abogado no lo ha planteado así, si no que ha dado a entender a los demandados que ese gasto es exigible en todo caso, y que es a cargo de los demandados porque sí.

¿Hay alguna norma que desconozca que permita al abogado exigir estos gastos si no hay condena en costas? ¿Acaso si los demandados le piden una factura por ese pago se la va a dar pese a no existir ninguna relación contractual entre ellos? ¿Se está extralimitando e intentando cobrar algo a lo que no tiene derecho el abogado?

Gracias por adelantado por las opiniones.
25/12/2016 17:33
Nasciturus
El gasto ni es exigible en todo caso, ni corresponde a los demandados porque sí. Otra cuestión es que yo no admitiría una satisfacción extraprocesal (en este caso) si no incluyera pagar las costas. Lo que han hecho esos dos copropietarios es allanarse y si procede serán condenados en costas, de modo que si yo fuera el demandante simplemente no haría nada, o iría a una finalización extraprocesal siempre que paguen las costas.

En realidad nadie les puede reclamar ahora tal cantidad, aunque sí advertirles de que si no la pagan se dejará que la demanda siga su curso, y serán condenados en costas.

Tendría que leer el escrito del abogado para darle una opinión respecto a si se extralimita o no.
25/12/2016 19:45
Nasciturus
Gracias, D. Crane, por la opinión.

Yo tengo conocimientos jurídicos suficientes para saber que si la cuestión se trata procesalmente como desistimiento o satisfacción extraprocesal, no hay condena en costas, y si se trata como un allanamiento, serían discutibles.

El problema es que, en mi opinión, y habiendo visto tan solo algunos de los correos del abogado, y lo que me han contado los demandados, no ha sido demasiado preciso, y no sé muy bien cómo va a tratarlo. Evidentemente, como allanamiento no, porque es un acto de los demandados, y ni siquiera se han personado.
El abogado simplemente se limitó a decir a los demandados que "pediría el archivo del proceso" en cuanto estuviese pagada la deuda, y al enviar a los demandados un resumen de las cantidades debidas, incluyó sin más los gastos de abogado y procurador, pero eso no se negoció expresamente. Y por cierto, dichos gastos de abogado y procurador se recogían como una cantidad global sin más, sin ningún tipo de detalle. Detalle que los demandados le han solicitado antes de pagar lo poco que les falta, porque han pagado todas las cuotas y parte de esas "costas o gastos", pero por un error en las cuentas les falta una pequeña cantidad.

Y ahora digo yo, si de verdad el abogado ha presentado un escrito de "solicitud de archivo del proceso" (¿desistimiento? ¿Satisfacción extraprocesal?), y la resolución que archive, evidentemente no contiene condena en costas, ¿con qué título va a pedir la cantidad restante a los demandados si no hay un compromiso expreso de pagar esos gastos a cambio de retirar la demanda?

No sé, no digo que sea ilegal ni mucho menos, y a mí también me parece lógico que quieran recuperar esos gastos, pero creo que hay que hablar más claro a la gente y no intentar meter las cosas por si cuela, ni aun amparándose en la excusa de usar un lenguaje sencillo o simplificar las cuestiones para que sean más fácilmente entendibles. Si él dice que retira la demanda si se paga la deuda, los deudores pueden luego con toda la razón del mundo preguntarse de dónde salen esos 900 € que les piden a mayores, y que al no pasar por el filtro el tribunal no saben si son o no excesivos, dado que el proceso va a morir incluso antes de que transcurra el plazo para contestar a la demanda.

Saludos.
25/12/2016 20:49
Nasciturus
En mi opinión el tema de las costas y el allanamiento es muy sencillo, en la práctica si se requirió fehacientemente el pago (o se intentó) se imponen y caso contrario no, un intento de conciliación también es válido.

Discrepo, por otra parte, en que no se hayan allanado. En el momento en que han pagado y no tienen un documento firmado por el demandante en el que se recoja un acuerdo extrajudicial, de facto ya lo han hecho aunque no lo hayan comunicado al Juzgado. Si la parte demandante no hace nada terminará en condena con costas (si proceden) por allanamiento sí o sí. Otra cuestión es que la parte demandante admita tal acuerdo y lo comunique al Juzgado dentro del plazo procesal pertinente.

Si el abogado ya ha presentado el escrito de satisfacción extraprocesal sin haber cobrado las costas (lo dudo infinito, sería un error garrafal) evidentemente carece de título ejecutivo para reclamarlas, tendría que irse a otro declarativo y demostrar que se pactó en tal sentido, si puede.

El tema tiene poco sentido, ya que si el abogado quiere cobrar es tan sencillo como no hacer nada. Si fuera yo, insisto, les habría comunicado la cantidad y dado un plazo brevísimo para pagarlas. Vencido ese plazo, esperaría la sentencia, tasaría costas y listo.