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Reclamación de devolución

7 Comentarios
 
Reclamación de devolución
12/11/2021 08:01
Un cliente hizo un curso de CCC, el 30 de septiembre y le informaron que tenía 14 días para la devolución, pero empezó el curso más tarde y sus correcciones fueron corregidas más tarde, más tarde se da cuenta que el curso no era lo que le dijeron, y después el 13 de septiembre hizo una reclamación al OMIC para que le devolvieran el dinero, y el Centro de Estudios le indica que tenía 14 días para el desistimiento, y puede someterse a un arbitraje, lo importante aquí es que no recibió como dice la ley un escrito o formulario para que desistiera. Primero, ¿Entraría dentro de plazo o podía acogerse a los 12 meses que dice la ley de consumidores? Segundo ¿Estos cursos sería considerado un contrato mixto? Porque si fuera así tendría 12 meses. Espero vuestras respuestas. ¡Muchas gracias de antemano!
12/11/2021 18:31
El problema de esta clase de cursos es que la academia ya ha recibido el dinero antes de empezar, porque en realidad el alumno lo que firma es un crédito con una entidad financiera, que hace el ingreso correspondiente y que va cobrando las cuotas que correspondan. Compruebe esta situación documental, y después se podrá orientar el asunto.
15/11/2021 12:09
Habría que mirar jurisprudencia para darte una orientación y ver que tiempo es el que se está considerando como establecido para el desistimiento. La resolución del contrato es compleja porque pasa por un procedimiento ordinario, con coste elevado en cuanto a honorarios. Saludos,
16/11/2021 13:35
CMontijanoAbog
Se trata de la cuantía de 1.900 euros, y podría ir sin abogado y procurador. Es que me interesaría cómo se está llevando por la jurisprudencia, para poder actuar o no. Y el siguiente paso que le proponen, antes de irse a la vía judicial es el arbitraje. ¿Me lo podrías ver si tuvieras tiempo y contestarme pronto para decírselo al cliente? Muchas gracias
16/11/2021 13:35
CMontijanoAbog
Se trata de la cuantía de 1.900 euros, y podría ir sin abogado y procurador. Es que me interesaría cómo se está llevando por la jurisprudencia, para poder actuar o no. Y el siguiente paso que le proponen, antes de irse a la vía judicial es el arbitraje. ¿Me lo podrías ver si tuvieras tiempo y contestarme pronto para decírselo al cliente? Muchas gracias
17/11/2021 09:43
En mi opinión, son 14 días para desistir del contrato. Eso no quita para que más tarde se pueda pedir la resolución, judicialmente, porque el curso nunca es lo que te venden.
Tema jurisprudencia: hay que buscarla. Es muy laborioso, pero en cualquier buscador, poniendo CCC es posible que te salgan bastantes sentencias. No conozco la tendencia actual, ya que hace tiempo que no tengo la necesidad de mirar nada relacionado con el tema.
Respecto del arbitraje. Hay dos formas de arbitraje, el general y el de consumo. El general consiste en sustituir al juez por un arbitro que suele ser una persona experta en una determinada materia o en derecho, que cobra por sus servicios. Se llevan a cabo en el Tribunal Arbitral que corresponda a la Comunidad Autónoma de residencia de las partes.
El Arbitraje de Consumo se lleva a cabo por una Junta Arbitral que depende de las Comunidades Autónomas. Es gratuito, pero las partes tienen que aceptar su intervención en la resolución del asunto. Por lo que yo sé, CCC no se somete a esos arbitrajes de consumo. Por tanto, habría que evaluar si se someterá, y de ser así, es la mejor solución para resolver conflictos con este tipo de empresas y con suministradores y comercializadoras de energía.
Si no se quiere someter, hay que acudir al Juzgado, y le costará más el pleito que el curso. Saludos y suerte.
18/11/2021 19:24
CMontijanoAbog
Buenas tardes, siento contestar tarde. Te comento le contestaron después de hacer la reclamación del Omic que el siguiente paso se podía someter al arbitraje de consumo. ¿Sería bueno que acudiese? Buscaré jurisprudencia sobre el CCC a ver si hubiera (aunque sea difícil). Pensaba que yendo por la vía judicial no le iba a costar porque es 1.900 euros y no hacía falta abogado y Procurador, por eso te lo comentaba anteriormente. Si se te ocurriera algo, me dices. Es que lo del contrato mixto me apañaria porque si que estaría dentro de los 12 meses para reclamar. Se podria ver los 12 meses de desistimiento porque es un establecimiento que está fuera y la ley ampara 12 meses. Muchas gracias por todo. En serio.
19/11/2021 09:32
Lo mejor es que acuda al arbitraje de consumo. Fácil y barato, aunque lento. Saludos,