Buenos días, tengo una consulta en referencia a una reclamación de cantidad de una factura de mi cliente.
Dicha factura es superior a los 6.000 euros con el I.V.A incluído, pero sin el I.V.A es inferior. Así, si reclamo la cantidad y le incluyo el I.V.A iríamos por el procedimiento ordinario según el artículo 249.2 de la LEC, pero no estoy totalmente segura de si es así y si lo es si hay algún tipo de jurisprudencia que lo avala y que entiende que el I.V.A se computa.
Hola, te puedo pasar sentencias del TS que quizás te sirvan y hablan de la inclusión del iva.
Sentencias:
STS. de 10 feb 2005,
sent. 14 de enero 2005,
o de 9 de dic. 2004 que recogen la Doctrina reiterada por la Sala Segunda del T.S.
Sent. de 26 de nov 2003 entre otras.