Faltan muchos datos para poder contestar, tanto por la forma de reclamarlo como en si es de aplicación la ley española o la andorrana, y en función de esto el tribunal/país competente.
Es una reclamación de cantidad con unos servicios prestados en España, concretamente la tramitación de un divorcio ante un juzgado español, pero el cónyuge reside en Andorra, y a día de hoy no tiene bienes en España.
Mi duda es que no se cómo encauzar el procedimiento de reclamación, como monitorio, jura de cuentas, reclamación de cantidad....
GRacias por la respuesta