Todos sabemos el perjuicio económico que supone la privación del uso de nuestra vivenda durante un monton de años, perjuicio que se ve agravado si ademas no disponemos de recursos para hacernos con otra, lo cual ademas conlleva muchas veces el alejamiento de nuestros hijos, aunque algun@os no lo crean es un gran perjuicio a nivel emocional, por lo menos para quien ha compartido toda su vida con ellos, desde que nacieron.
Ya se que ni siquiera se contempla el derecho de uso exclusivo durante un monton de años como un valor a la hora de liquidar la sociedad de gananciales, algo que debiera comtemplarse, ya que se ha ocasionado un perjuicio, que a veces por muy saneada que tengas la economia te puede poner en situaciones financieras dificiles.
Pero ya que la ley no contempla esto pero es un hecho palpable y constatable que el daño existe. seria posible solicitar de la administracion una indemnizacion por los daños ocasionados por la administración de justicia?